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Editorial
Miércoles 16 de junio de 2021
Constitución y Fuerzas Armadas
Deben rechazarse los intentos por arrastrarlas a la discusión política o por relativizar los principios que garantizan su carácter institucional.
Un rechazo transversal han tenido las recientes declaraciones del candidato presidencial del Partido Comunista, Daniel Jadue, especialmente en sus referencias sobre las Fuerzas Armadas. Afirmó que de resultar ganador en los comicios de fin de año les exigiría un estatuto de garantías que las comprometa “a nunca más ponerse del lado de un gobierno extranjero para derrocar a su propio gobierno”.
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Se rompe así con uno de los consensos básicos de nuestra democracia sobre el carácter que deben tener las Fuerzas Armadas. No solo se las involucra en un debate político respecto del cual deben estar ausentes, dado su carácter de “obedientes y no deliberantes”, sino que se corre el riesgo de reinstalar en la campaña presidencial la polarización vivida por el país en momentos especialmente traumáticos de su historia.
La fuerte reacción y duras críticas que generaron las expresiones de Jadue lo llevaron a matizar sus dichos. Posteriormente, sin embargo, el presidente del PC volvió a ellos, aunque centrándose en la Democracia Cristiana, partido al que el alcalde de Recoleta también aludió. El timonel comunista dijo que “si la DC pidió garantías en su momento, ¿por qué no las puede pedir Jadue?”, aludiendo al estatuto que en 1970 negociaran el falangismo y la Unidad Popular, y que permitió la llegada al poder del Presidente Salvador Allende luego de obtener la primera mayoría relativa.
Por otra parte, algunos constituyentes electos han sugerido que la Convención debería “desconstitucionalizar” a las Fuerzas Armadas, queriendo indicar que, salvo alguna mención general, su papel y organización deberían ser definidos por ley.
Si el intento de politizar a las Fuerzas Armadas —en este caso, para presentarlas como una suerte de adversario del “pueblo”— debilita un principio fundamental del orden democrático, la idea de “desconstitucionalizarlas” entraña riesgos institucionales relevantes. La Carta Fundamental les entrega —junto a las fuerzas de orden— el monopolio de las armas y del uso de la fuerza, y les impone ser obedientes, no deliberantes, además de profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. Ello garantiza que el poder político no pueda crear grupos armados organizados distintos de aquellas, como ha ocurrido en otros países de la región, garantizando que el monopolio de la fuerza debe estar radicado en instituciones explícitamente establecidas para la defensa del territorio, la seguridad nacional y el orden público, y no pueda ser burlado. Fortalece este principio la disposición que establece que la incorporación a ellas solo podrá hacerse a través de las respectivas escuelas matrices, con la excepción, por cierto, de los escalafones profesionales y de los empleados civiles.
Naturalmente, es legítimo debatir sobre la manera de regular las Fuerzas Armadas, lo que incluye, entre otros aspectos, estudiar la mejor forma para profundizar su eficiencia y transparencia. Sin embargo, la nueva Constitución debe procurar preservar los elementos básicos mencionados, que forman parte de los atributos esenciales de toda democracia moderna, o se han querido resaltar dada nuestra experiencia histórica. Exigir garantías de carácter político a las Fuerzas Armadas las arrastra a un terreno contingente ajeno a su quehacer institucional. Definir su papel constitucionalmente contribuye a evitarlo.