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Cartas
Jueves 01 de abril de 2021
Acceder a condición de refugiado
Señor Director:
En su carta de ayer, la directora de la Clínica de Migrantes y Refugiados de la UDP hace ver que un oficio del Departamento de Extranjería estaría privando a extranjeros de acceder a la condición de refugiado.
El oficio al que hacen referencia constituye la primera etapa de quizás la mayor reforma que se ha hecho en Chile en los últimos 40 años en materia migratoria. Básicamente, lo que hace es excluir a las gobernaciones que no sean capitales regionales de los trámites migratorios, que en su globalidad son menos del 1% de las solicitudes a nivel nacional.
Con la aprobación de la nueva ley de migraciones, se generará una transición en la institucionalidad, pasando de la atención en gobernaciones a una digital, y de solicitud de refugio en las Direcciones Regionales del nuevo Servicio. El rol principal de estas Direcciones será la implementación de una política migratoria integral y de coordinar en los territorios con municipalidades, gobiernos regionales, sociedad civil y comunidades, para caracterizar y trabajar en mejorar la relación entre nacionales y extranjeros.
Para el caso de los solicitantes de refugio, siempre podrán solicitar esta protección en estas nuevas oficinas, las cuales se encuentran ubicadas en las capitales regionales. A su vez, se mantiene la atención de refugio en las gobernaciones que son capitales regionales hasta tener el Servicio completamente implementado.
En definitiva, lo relevante es evitar que la figura excepcional del refugio sea mal utilizada e invisibilice a aquellas personas que realmente están amenazadas en su integridad física o su vida. Ellos deben ser nuestra prioridad y no aquellos que, muchas veces mal asesorados, pretenden regularizar su situación migratoria abusando de una institución valiosa como es el refugio.
Álvaro Bellolio
Jefe del Departamento de Extranjería y Migración