Señor Director:
Respecto de la carta de la señora Macarena Vargas, profesora de la Facultad de Derecho UDP, donde pregunta por qué se pueden realizar audiencias en los tribunales y alegatos en las cortes vía remota y no se puede llevar adelante una mediación de la misma manera. Reconoce que siempre será mejor el diálogo personal y directo de las partes, pero en situaciones tan excepcionales como las que estamos viviendo, privar a las familias de este mecanismo parece un despropósito, más aún cuando se vislumbra que el retorno a la normalidad en los tribunales de familia será lento y lleno de dificultades.
La primera respuesta que cabe dar a su legítima interrogante es que durante la contingencia sanitaria que azota al país y al mundo entero, los más de 161 Centros de Mediación Licitados del país han seguido prestando servicios y otorgando contención y orientación a las familias. En efecto, solo entre marzo y mayo de este año se han ingresado al sistema 30.661 causas de mediación familiar y en el mismo período se han aprobado judicialmente 10.023 acuerdos de mediación. Estas cifras, si bien satisfactorias, están lejos de responder al funcionamiento del sistema en régimen normal. Así, solo en abril ingresaron 5.952 causas, en circunstancias que los centros de mediación absorben normalmente ingresos que van entre 19 mil y 21 mil casos. Es explicable que el público, por temor al contagio y obedeciendo las limitaciones de desplazamiento dispuestas por la autoridad pública, no concurra a solicitar el servicio.
Agradecemos la carta, pues nos permite aclarar que la Mediación que lleva adelante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos continúa prestando su servicio, pero de manera presencial, habida consideración de que la justicia de familia tiene como base de sus actuaciones el principio de confidencialidad y no, como en otros ámbitos, procedimientos que son públicos.
Héctor Mery
Jefe de División Judicial
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos