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Cartas
Miércoles 17 de febrero de 2016
Respuesta al obispo Bacarreza
Señor Director:
En su carta de ayer, el señor Felipe Bacarreza -obispo de Los Ángeles- modifica levemente el punto de vista del obispo Chomali que se había expuesto en estas páginas. Este último sostenía que el proyecto de ley presentado en el Congreso y el debate a que daba lugar era sobre el aborto libre. Sostuve que esa afirmación era errónea, puesto que el proyecto no establecía una soberanía de la mujer sobre su embarazo en toda circunstancia, sino que pretendía establecer quién -si el Estado o la propia mujer- debía resolver el dilema trágico consistente en decidir si sostener o no el embarazo que ponía en grave peligro su propia vida o el embarazo de un feto inviable o el que era resultado de una violación. Ahora el señor Bacarreza sostiene que el problema consiste en que "abre la puerta al aborto libre".
El problema del debate no sería entonces que trate sobre el aborto libre, sino que abre la puerta a él.
Es necesario examinar este nuevo argumento.
Lo que Felipe Bacarreza sugiere es que una vez que se autorice el aborto en esas tres situaciones trágicas, se autorizará tarde o temprano el aborto en cualquier circunstancia. Se trata de una conocida falacia (slippery slope, efecto dominó) que supone que dado un hecho (la autorización del aborto en los casos descritos) sobrevendrá otro (la autorización del aborto en cualquier caso). Pero (salvo que en el caso del obispo al don de la fe se agregue el de la clarividencia) nada permite aseverar eso. Ni los argumentos a favor del aborto en las situaciones descritas implican un argumento a favor del aborto en todos los casos, ni nada permite aseverar que el hecho de que se apruebe el aborto en esas tres circunstancias desatará causalmente el hecho de que se apruebe toda forma de aborto. El argumento del señor Bacarreza, por más que se lo repita, es falaz.
Sugiere además el señor Bacarreza que basta argüir la titularidad del derecho a la vida del nasciturus para que el asunto quede resuelto. Incluso aceptando esa titularidad por parte del nasciturus, no es así. La razón es la siguiente. No basta probar que alguien tiene derecho a la vida para que entonces todos los que entran en relación voluntaria o involuntaria con él tengan el deber moral o jurídico de hacer todo lo necesario para sostener su existencia. Ese ideal de solidaridad a ultranza -que implica que el señor Bacarreza considera un intento de homicidio hacer que salga de su hogar quien no puede sostenerse por sí mismo y a quien él no invitó- es obviamente supererogatorio. Bueno, pero no debido. Lo mismo ocurre con la decisión de mantener un embarazo que es fruto de una violación: puede ser buena; pero, cabría insistir, no puede ser jurídicamente obligatoria. Y esto último es lo que se debate en el Congreso: no la probable bondad del acto, sino su indudable imposición coactiva.
Carlos Peña