EL MERCURIO. COM
Versión para imprimir El Mercurio.com

Santiago de Chile. Sáb 25/03/2023

4:27
Atención a suscriptores

Santiago:   Mín. 5°C   |   Máx. 20°C   |   Actual 13°C

Los debates pendientes de la Ley 20.000

"... En el contexto de una discusión de fondo, una primera pregunta que cabe hacerse es si existe un análisis objetivo sobre los resultados o impacto que tendrá lo planteado hasta el momento por el proyecto, por cuanto las modificaciones que se buscan concretar son significativas. En este sentido, resulta preocupante la falta de participación del Ejecutivo, pues todo indica que la magnitud de los cambios requiere de una política de Estado en la materia..."

Viernes, 21 de agosto de 2015 a las 9:17
  • Facebook
  • Twitter
Enviar
Imprimir
agrandar letra
achicar letra
Alejandro Hurtado de la Fuente
La actualización de nuestra legislación penal a la realidad que hoy vive el país es una necesidad evidente, y la reciente voluntad de modificar la Ley 20.000 es una muestra más de ello. Si bien la discusión específica de esta normativa se viene desarrollando hace ya largo tiempo, y parece existir consenso sobre una reforma, todavía queda un difícil camino que recorrer en cuanto a sus indicaciones y a las muchas implicancias que tendrá la nueva ley.

Hasta el momento, el debate está centrado en aspectos que, si bien importantes, son específicos, por lo que resulta fundamental enfocarnos en una revisión global de la actual normativa. Esto, más allá de que las modificaciones propuestas apuntan a flexibilizar algunas conductas que muchos estiman como necesarias, tales como la posibilidad de portar en la vía pública un máximo de 10 gramos de cannabis seca, albergar un máximo de seis plantas al interior de un domicilio, cualquiera sea su altura, o guardar al interior de éste la cantidad de 500 gramos de marihuana seca, y, por último, el uso de esta droga como medida terapéutica, quizás una de las propuestas más importantes.

En el contexto de una discusión de fondo, una primera pregunta que cabe hacerse es si existe un análisis objetivo sobre los resultados o impacto que tendrá lo planteado hasta el momento por el proyecto, por cuanto las modificaciones que se buscan concretar son significativas. En este sentido, resulta preocupante la falta de participación del Ejecutivo, pues todo indica que la magnitud de los cambios requiere de una política de Estado en la materia, pues no debemos olvidar que será éste quien fiscalizará el cumplimiento de la ley.

Al respecto surgen preguntas como, ¿qué mecanismos de fiscalización se llevarán adelante para el cumplimiento material efectivo de la nueva normativa? o ¿existe una evaluación presupuestaria de lo que significará hacer operativa la nueva ley? Por esto, su involucramiento es central. Sólo basta tener presente la importancia de la participación del Ejecutivo en materias tales como la despenalización del aborto, la redacción del nuevo Código Penal a través de comisiones o el trabajo realizado en su momento en la propia reforma procesal civil.

En relación a las modificaciones específicas propuestas, surge como principal inquietud si la cannabis sativa debe seguir permaneciendo en el círculo de las drogas duras. Si bien este tema no es parte de los puntos aprobados por el Congreso para la discusión final, debiera incluirse, si consideramos que una de las principales intervenciones de la ley apunta a la “legalización” para tratamientos médicos o fines terapéuticos de esta droga, lo que —por cierto— no sucede con las demás sustancias que se mencionan en dicha lista. Estas situaciones, a mi entender, van de la mano.

Todos los cambios a esta ley están dirigidos básicamente a la regulación del porte y la venta. Existen argumentos que sostienen que esta medida tendría como consecuencia indirecta la disminución del denominado “mercado negro” y la reducción progresiva de las conductas de tráfico, así como también la perpetración de delitos. Por lo mismo, la discusión desarrollada hasta el momento parece insuficiente, en cuanto es necesario revisar materias como lo relativo a la imposición de penas privativas de libertad, acceso a medidas alternativas, beneficios intrapenitenciarios y políticas de rehabilitación y reinserción social efectivas, entre otros temas.

Otro de los aspectos centrales en lo relativo a la modificación del cuerpo legal dice relación con una definición precisa de qué se entiende por tráfico de pequeñas y grandes cantidades, pues la vaguedad actual de la norma deja la aplicación de las respectivas penas sujeta a la completa voluntad del juez. Desde el punto de vista penal, no es sino un conflicto donde no podemos quedar sujetos a criterios subjetivos.

En definitiva, creo que la despenalización de algunas figuras, y en atención a requisitos determinados, podría ser el comienzo de una necesaria regulación general en esta materia. El debate, hasta el momento, se ha manejado en detalles, pero ya es valioso que se haya comenzado a discutir sobre la base de un proyecto concreto, independiente de que la discusión real recién comienza.

* Alejandro Hurtado de la Fuente es abogado y Magíster en Derecho Procesal Penal y Comunicación Forense por la Universidad Central de Chile, donde además es profesor de Derecho Penal. 

EL MERCURIO.COM
Términos y condiciones de la Información © 2002 El Mercurio Online
El Mercurio

"...La carga de mitigar el daño la tiene el acreedor, pero no parece correcta la afirmación de la Corte de Concepción, en el sentido de que la sola culpa del supuesto propietario sea suficiente para reducir la indemnización, ya que esa conducta no parece ser suficiente para evitar o atenuar los perjuicios..."

El Mercurio

"...Aún cuando la pena aparezca al final disminuida o menguada con respecto a su magnitud abstracta, hay sanción, por lo que, a nuestro juicio, es incorrecto hablar de “impunidad” (...). De lo contrario, habría que derogar todas las atenuantes que permiten precisamente disminuir la cuantía de la pena desde su monto original establecido en la ley (...). ¿Y qué ocurriría con las eximentes, que impiden todo castigo, quedando impune el hecho y su autor?..."

El Mercurio

"...Este nuevo proceso constituyente es una oportunidad para constitucionalizar las cláusulas —todas o algunas— de apertura al Derecho internacional de los derechos humanos. Por cierto, el asunto no es un solo cuantitativo sino cualitativo, siendo indispensable reconocer al menos la preterida definición del rango de los tratados y así configurar la tercera base de este tercer proceso constituyente..."

El Mercurio

"...Ocupa un rol central en la institucionalidad ambiental de nuestro país. Con todo, a más de una década de entrada en vigor, algunas de sus atribuciones siguen generando discusiones relevantes entre especialistas y operadores jurídicos. Una de ellas, dice relación con la naturaleza jurídica del acuerdo del Consejo que se pronuncia respecto de una propuesta de reglamento..."

El Mercurio

"...Lejos de seguir en la línea de tolerar el abuso de la dignidad de mujeres y niños, y su cosificación, como objeto de convenciones, acuerdos o contratos, nuestro país debería adherirse al movimiento internacional que promueve la abolición de esta práctica. Las autoridades locales, el Registro Civil, deberían negar valor a maternidades 'legales' constituidas en el extranjero por intermedio de una mujer sustituta..."

Ver más

Comentarios Recientes

Más Comentados

Ranking de Comentadores