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Indagan a notarios virtuales por “usurpación de funciones”: gremio pide que formalicen a dueños

La Fiscalía Metropolitana Oriente inició las pesquisas tras querella de la Asociación de Notarios y Conservadores. El abogado Juan Carlos Manríquez dice que los indagados, en cuatro plataformas, aparentan la legalidad de los funcionarios que son nombrados por el Presidente, registrados en el Ministerio de Justicia.

Lunes, 14 de noviembre de 2022 a las 9:48
- Querellantes en este caso explican que solo el Presidente de la República puede nombrar a los notarios en su cargo, por medio de un decreto y de una inscripción en el Ministerio de Justicia. El resto no son notarios, aclaran.
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Lorena Cruzat
“Se hacen llamar ‘notarios virtuales' o ‘notarios online', ostentando el nombre y la calidad de un ministro de fe, invitando y cobrando por tales servicios, mediante el uso directo de plataformas de pago, o de apps electrónicas”, dice una de las querellas que dieron origen a la investigación donde la Fiscalía Metropolitana Oriente busca determinar las responsabilidades penales de los dueños de estas plataformas por el eventual delito de usurpación de funciones.

La persecutora Mitzy Henríquez indaga a las notarías virtuales desde 2020, año en que la Asociación de Notarios y Conservadores interpuso el libelo a través del abogado que los representa, Juan Carlos Manríquez.

Acusan y piden que formalicen a los representantes de dos empresas por distintos delitos, uno de ellos es la usurpación. Junto con detallar que este tipo de plataformas promueven sus servicios para “extender documentos (…), iguales a los que entrega una notaría presencial, y con igual calidad”.

Revelan que “en otros casos se ha sabido que se han promovido verdaderos engendros documentales, por ejemplo, para ‘acelerar' trámites de compraventa e inscripción de vehículos, o de otorgamiento de escrituras ‘mixtas' (semifísicas, semielectrónicas)”.

“Engañosa y falsa”

El abogado Juan Carlos Manríquez, junto a su socio, Yamil Yaser Yuivar, explican que los indagados usan el nombre de “notario” sin serlo. Y además —relatan—, aparentan que producen documentos públicos electrónicos con la misma seguridad y legalidad de un notario, lo cual —afirman— es falso y contrario a las instrucciones impartidas por la Corte Suprema.

Señalan que el servicio notarial es legal cuando el funcionario es nombrado por un decreto del Presidente de la República, registrado en el Ministerio de Justicia. Y presta funciones en un territorio físico determinado, por ejemplo, “la Notaría de Santiago”. Añade que en el caso de documentos públicos electrónicos, como una escritura, el único que puede otorgarlas es un notario autorizado que verifica presencialmente la Firma Electrónica Avanzada.

Por estos motivos, anunció que “la Asociación de Notarios y Conservadores ha solicitado que se formalice por los delitos de usurpación de funciones, fraude de instrumento público electrónico, estafas y, además, adulteraciones informáticas a cuatro empresas que usan aplicaciones digitales donde señalan que prestan servicios de notarías de la misma manera como lo haría un notario. Cuestión que es absolutamente inefectiva, engañosa y, más aún, falsa”, subraya.

Junto con detallar que “incorporamos un caso específico, el de San Antonio, en que utilizando estos artilugios se logró alzar la prohibición sobre el bien raíz y sobre otros bienes, sorprendiendo incluso al Registro Civil”.

Plataformas no advierten limitaciones legales

La solicitud de los querellantes se funda en informes de la PDI que indican, por ejemplo, que en estas plataformas “existen ciertas aseveraciones que pueden inducir confusión en cuanto a una equivalencia amplia de los servicios de firma electrónica provistos por la plataforma respecto de la función de notarios públicos y otros ministros de fe”.

Y que “no se contienen advertencias a los usuarios que les permitan saber las limitaciones legales al uso de firma electrónica”.

También señalan que en otro informe de la PDI, el N° 3504, uno de los indagados “no entrega información relevante ni que justifique el porqué la página ofrece servicios casi idénticos a un notario, incluido firma de mandatos judiciales y finiquitos laborales, que requieren ser firmados ante un ministro de fe, sin incluir en su página ninguna advertencia sobre ello”.

Otra de las ilegalidades que acusan se relaciona a la “calidad de notario”. Los querellantes dicen que la usan para vender productos relativos a la fe pública y hacer ofertas de actos que son irregulares, puesto que simulan ser efectos de la actividad notarial, aunque más bien parece tratarse de instrumentos defectuosos e ilegales”.

En la solicitud piden evaluar a los representantes de las empresas por los servicios que promueven.

“Se señala expresamente que por medio de este documento se pueden otorgar mandatos judiciales para comparecer ante tribunales. Ello no es así, puesto que la única forma de que un mandato judicial sea admitido en un tribunal de justicia es que este haya sido firmado ante un notario público, quien a su vez puede incluir Firma Electrónica Avanzada”, cuestionan.

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