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Tiempo de cambios

La actual pandemia provocará una serie de cambios, tanto a corto como largo plazo, en las relaciones entre las exportadoras, las aseguradoras y las navieras, por lo que es necesario que los agro exportadores tomen una serie de resguardos.

Miércoles, 08 de julio de 2020 a las 8:30
Pablo Rogers
Pablo Rogers

El artículo corresponde a una transcripción de la exposición "El transporte internacional, los seguros y los efectos legales generados por el Covid-19" de Pablo Rogers.

La actual pandemia de coronavirus ha generado una serie de cambios en los mercados agrícolas, lo que impactará, tarde o temprano, en la relación de las exportadoras frutícolas con las aseguradoras y las navieras.

Por ello, es necesario que las exportadoras estén atentas a una serie de elementos y factores que podrían variar en el tiempo —tanto en lo que resta de pandemia como cuando esta finalice— y generar eventuales problemas o contratiempos ante futuras negociaciones o envíos.

El escenario ante las navieras

Uno de los elementos que se puede pronosticar es el alza en el valor de los fletes por parte de las navieras hacia las exportadoras, debido a una probable disminución de la frecuencia de los viajes ofrecidos. Todo esto derivado de la caída generalizada en la demanda de los productos agrícolas o como consecuencia de la crisis económica actual que ha reducido el poder adquisitivo de los clientes finales.

Dado lo anterior, es bastante probable que las navieras decidan acortar las frecuencias de las salidas. Por ejemplo, en vez de salir cada 2 o 3 veces al mes de un puerto al otro —desde San Antonio a Hong Kong, por citar un escenario hipotético— ahora saldrían una única vez.

Otro factor a considerar es la probable eliminación de escalas o paradas de forma intempestiva, con el fin de evitar que mientras la nave esté en viaje, los puertos puedan cerrar o imponer ciertas restricciones o limitaciones a raíz de la actual pandemia.

A su vez, producto de estos mismos cierres de puertos por causa del Covid-19, es probable que la frecuencia con que se produzcan retrasos aumente, ya sea a la salida de un puerto o a la llegada del mismo. Esto, además, provocará una ralentización de las operaciones portuarias, lo que llevará a una demora en la descarga de contenedores e incluso atochamientos en el patio de contenedores tal como sucedió en China a principios de año.

También es altamente probable que existan cambios intempestivos en el puerto de destino, por ejemplo, si la autoridad del país de destino decretó una cuarentena, generando que la nave deba modificar su curso; asimismo pueden darse situaciones en las cuales las autoridades sanitarias y aduaneras decreten medidas y revisiones más estrictas y exhaustivas, las que podrían demorar la internación de la carga.

Todos estos elementos pueden derivar en cobros extras por parte de las navieras, como por ejemplo los derivados de detention y demurrage, los que deberán ser canceladas por el propio exportador finalmente.

A final de cuentas, estos factores y contingencias detonarán en un endurecimiento de los procesos y políticas indemnizatorias de las navieras frente a los reclamos presentados por las exportadoras ante los daños que pueda sufrir la carga producto de retrasos en el zarpe, al arribo y/o en el tránsito marítimo mismo.

Es casi seguro que frente a los reclamos presentados con motivo de estas ocurrencias, las navieras se defiendan invocando la fuerza mayor.

Repercusiones en seguros de transporte

En relación a los seguros de transporte, es altamente preferible que las exportadoras negocien o renueven pólizas ya contratadas, en vez de adquirir otras nuevas, a menos que el cambio de las condiciones pactadas anteriormente sea perjudicial para los intereses del agro exportador.

Es necesario tener en cuenta que las renovaciones de las pólizas de seguro podrían traer aparejadas la eliminación de cláusulas de indemnización de daño por retraso o el aumento en el número de días en lo que se entenderá por "retraso".

Por ejemplo, si lo habitual es que los seguros estipulen que un “retraso” se produce cuando la nave se tarda más de 3 días en arribar a puerto, bajo las nuevas condiciones tal plazo podría aumentar.

También podría existir un aumento en los deducibles de las cláusulas de indemnización por retraso o, incluso, tal cláusula podría venderse como una cobertura adicional, lo que obligaría al agro exportador a tener que pagar una prima adicional por tal cobertura.

En relación a la presentación de siniestros ante las aseguradoras por parte del agro exportador que ha sufrido algún perjuicio económico derivado de algún inconveniente originado por la pandemia, es bastante seguro que casi la totalidad serán rechazados, aduciendo que tales hechos dañosos tienen su origen en fuerza mayor y/o un acto de autoridad (aduanera, sanitaria, etc).

Consejos generales ante estos escenarios

Una de las mejores maneras de evitar sorpresas en el transporte marítimo es negociar contratos de embarque directamente con las navieras o a través de un freight forwarder.

Dichos contratos, a cambio de prometer embarcar una cantidad determinada de contenedores, le otorgará al agro exportador la tranquilidad de tener reservas de espacio garantizadas y en las fechas en que se necesite.

Otra recomendación es, en lo posible, no enviar los bills of lading —documento que también se conoce como “conocimiento de embarque”— al consignatario o recibidor antes de haber recibido el precio firme total o mínimo garantizado.

Esto se debe a la posibilidad cierta de posibles incumplimientos contractuales por parte del importador o consignatario, derivados de una mala situación económica producto de la pandemia.


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