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Cartas
Lunes 09 de mayo de 2022
¿Justo precio o valor de mercado?
Señor Director:
La semana pasada se aprobó en el pleno de la Convención Constitucional la norma que regula el derecho de propiedad, estableciendo que la persona que sea expropiada será indemnizada por el “justo precio” del bien, reemplazando la actual Constitución, que ordena indemnizar por el “daño patrimonial efectivamente causado”. Los detractores del nuevo texto sostienen que justo precio es indeterminado. Por otro lado, sus impulsores nos dicen que hay que estar tranquilos porque es lo mismo que valor de mercado.
Si honestamente se afirma que justo precio es lo mismo que valor de mercado, ¿por qué cambiaron el concepto actual de “daño patrimonial efectivamente causado”, desaprovechando años de su aplicación concreta y de sentencias judiciales que lo han entendido como equivalente a valor de mercado?
Las normas no se cambian para decir lo mismo que antes. Si a esto añadimos que para la fijación del justo precio y la modalidad de su pago ya no se le va a preguntar nada al afectado, quien solo tendrá el derecho de ir a un tribunal a reclamar ex post, sin que ello impida que el Estado tome posesión material del bien expropiado, no hay que ser muy brillante para concluir que la nueva Constitución debilitará el derecho de propiedad.
Javier San Martín Arjona
Abogado