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Editorial
Jueves 22 de julio de 2021
Debate sobre Derechos Humanos
Más allá de la discusión conceptual, sorprende constatar la ausencia de señales hacia quienes han sido víctimas de la acción de grupos armados.
Una transversal discusión sobre el concepto de los derechos humanos se ha desarrollado en el seno de la Convención Constitucional, a propósito de la decisión de esa instancia de crear una comisión abocada a esas materias dentro de las comisiones transitorias que funcionarán mientras no se haya aprobado un reglamento. El debate ha estado marcado por controversias, las que han aludido tanto al ámbito de acción que tendrá ese grupo como a la pertinencia de una instancia que podría exceder las tareas de una Convención llamada a concordar un texto constitucional. Pero, además, la discusión dio cuenta de notorias y reveladoras diferencias al momento de definir el marco conceptual de las violaciones a los derechos humanos, así como la presencia de terrorismo en el país, específicamente en la zona de La Araucanía, con el fin, según algunos sectores, de proponer al Estado “medidas de reparación integral”.
Si bien pareciera haber un amplio consenso sobre la relevancia de establecer el respeto de los derechos humanos como eje central en la futura Constitución, las referidas diferencias conceptuales parecen ser importantes. Mientras algunos convencionistas sostienen que las violaciones a los derechos humanos solo son causadas por agentes del Estado, otros miembros afirman, más allá del estatuto particular en que se sancionan esas conductas, que dichas transgresiones también pueden provenir de privados, al vulnerarse seriamente la dignidad de las personas y sus derechos. Esta noción cobra especial atención cuando se alude a los afectados por la violencia en la macrozona sur, pues surgen opiniones tendientes a establecer distinciones entre diferentes tipos de víctimas, como se desprende de la ausencia de una condena unánime frente a las acciones de violencia, por ejemplo, en las declaraciones emitidas luego de la muerte de un miembro de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) durante un atentado a una faena forestal en Carahue, donde también resultó herido el trabajador Ceferino González. La visita del director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Sergio Micco, en su viaje a Temuco, para informarse del estado de salud del trabajador baleado durante el asalto, refuerza aquella visión tendiente a reconocer como víctima a toda persona que ha sido vulnerada en sus derechos fundamentales. En contraste, los constituyentes de pueblos originarios no han dado hasta ahora señales claras en este ámbito, limitándose a condenar acciones del Estado en esa zona, pero evitando cualquier mención a las víctimas de la violencia ejecutada por grupos armados. Así, a propósito del referido caso en Carahue, esos convencionistas se apresuraron en calificar de “asesinato” la muerte del integrante de la CAM y omitieron referirse a la situación del trabajador herido. Por cierto, ese mismo grupo extremista emitió luego un duro comunicado reivindicando atentados, declarando “la guerra directa” a las empresas forestales, y calificando la participación mapuche en la Convención como un acto de sometimiento. Tampoco aquí se vio una expresión clara de rechazo por parte de los aludidos.
La protección universal de los derechos humanos fue consagrada por primera vez en la declaración adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas hace más de 70 años, reconociendo su respeto como un pilar esencial de todo sistema democrático y responsabilizando al Estado en la tarea de otorgar garantías de cumplimiento y de salvaguardar los derechos y las libertades de las personas. Preocupantes señales de relativización e ideologización han permitido una instrumentalización política del tema y el consiguiente deterioro de la democracia a nivel mundial, reflejada en una pérdida de las libertades y los derechos de aquellos ciudadanos gobernados por autoridades que vulneran dichos derechos universales y que, contradictoriamente, suelen presentarse como sus defensores.
Las definiciones relativas al alcance del respeto a los derechos fundamentales que se discuten con motivo de la instalación de la Convención Constitucional perfilarán las bases del marco legal que debiera regir al país en las próximas décadas. Esto desafía a sus miembros a discutir con altura de miras temas sustanciales dentro de las atribuciones establecidas para el organismo, sin generar expectativas que no serán posibles de cumplir y considerando los principios de respeto a los derechos y las libertades individuales que han caracterizado la historia republicana del país.