Después de anunciarlo en su cuenta, el Presidente puso suma urgencia al proyecto de ley que se tramita en el Senado que consagra el así llamado “matrimonio igualitario”. Se da patrocinio a un proyecto de ley, presentado por la expresidenta Bachelet, que establece la reforma más radical que ha sufrido nuestro Código Civil en materia de familia y que adolece de múltiples defectos jurídicos que no han sido subsanados.
Lo grave, sin embargo, no son esos defectos, sino el cambio en la concepción de la familia. De una regulación familiar basada en la reproducción sexuada y que promueve las uniones que pueden procrear y criar a los hijos en hogares con padre y madre, se pasará a un “derecho de las familias” fundado en la autonomía y la voluntad subjetiva de sus integrantes.
La definición de matrimonio de Bello: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen... con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente”, es convertida en un contrato por el cual “dos personas” se unen... etc., como si individuos del mismo sexo pudieran unirse y procrear del mismo modo que varón y mujer. Pero hay más: se reformula la filiación, como resultado de que las parejas del mismo sexo no pueden procrear sin recurrir a la adopción o a la reproducción asistida con intervención de tercero.
El cambio lleva a reemplazar —no muy prolijamente, hay que decirlo— los términos “marido” y “mujer” por “cónyuges” y los de “padre” y “madre” por “progenitores”, todos términos asexuados muy representativos de la teoría radical de género que intenta cancelar el sexo de la identidad personal.
El proyecto, al insertar una filiación afectiva, en un contexto de reglas basadas en la filiación biológica, va a producir serias dificultades. De partida porque solo se hace cargo de la lesbomaternidad, al señalar que una madre quedará determinada por el parto y la otra por reconocimiento. Nada se indica cómo será que un niño pueda tener dos padres, sin la maternidad subrogada, a menos que se interprete que el cambio de “progenitores” por “padre, madre o ambos” en la norma que permite el reconocimiento de un hijo sirva para que dos varones devengan en padres de un niño gestado en vientre de alquiler.
Esta iniciativa tampoco es igualitaria y subsisten discriminaciones: las parejas de varones no son, al menos explícitamente, autorizadas a devenir en progenitores a través de técnicas de reproducción asistida; las parejas del mismo sexo no pueden casarse en el régimen de sociedad conyugal, y la presunción de paternidad del marido solo se aplica a los matrimonios heterosexuales.
Adicionalmente, se dispone que “la filiación de los hijos nunca podrá determinarse respecto de más de dos personas”. Pero si la filiación depende de la voluntad de ser padre o madre, ¿por qué no podría tener una persona tres o cuatro progenitores? Y si todos los amores y familias son iguales, ¿por qué se limita el matrimonio a la unión entre dos personas? Con razón se alegará que se discrimina a las uniones poliamorosas, en las que hay amor, sexo e incluso procreación natural.
Probablemente ninguna de estas razones, dado el apoyo que le ha dado un gobierno de centroderecha, impedirá la aprobación de la iniciativa. Pero si es así, siendo coherentes con la lógica de la autonomía para configurar la vida como se desee, debería simplificarse el reconocimiento del matrimonio religioso, ya que hay iglesias, entre ellas la judía, la católica y las evangélicas, que conciben el matrimonio como unión entre hombre y mujer. Si hasta el primer ministro inglés, Boris Johnson, pudo casarse, sin mayores trámites, por el rito católico —y eso que Reino Unido es un Estado confesional anglicano—, ¿cómo no podrán hacerlo ciudadanos de un país laico como Chile?
Debiera aprovecharse este mismo proyecto para ampliar el reconocimiento civil del matrimonio religioso, de modo que baste que el ministro de culto mande el acta de matrimonio al Registro Civil para que este proceda a inscribirlo. Si todas las formas de familia son iguales, ¿por qué discriminar a los que piensan que ella se funda en el matrimonio basado en la diferencia y complementariedad entre una mujer y un hombre?