Países como Alemania, Brasil y Nueva Zelandia consagran la libertad de investigación en sus constituciones. Ello es indicativo de que estos países (junto con muchos otros que no necesariamente la establecen en sus cartas fundamentales) la perciben como un principio normativo general para organizar la actividad científica. Es posible que la libertad de investigación sea hoy un requisito esencial para la vida democrática, y es posible que, por diversas razones, esta no se encuentre debidamente resguardada en nuestro país.
En primer lugar, una democracia necesita producir conocimiento confiable. El conocimiento es confiable cuando consigue un alto grado de independencia respecto de legítimos intereses individuales o colectivos del sector privado o del Estado, e incluso respecto de intereses académicos o de otro orden que, eventualmente, inspiran a los propios investigadores. Se trata de contar con investigación que no quede capturada de antemano por fines preconcebidos. La deliberación democrática y la participación ciudadana informada en asuntos de interés público, como la salud, la energía o el agua, suponen confianza en nuestras instituciones de conocimiento.
En segundo lugar, la libertad de investigación como principio debería orientar la política científica a fomentar un desarrollo sólido y diverso de habilidades, métodos y conocimientos en todas las áreas. El conocimiento nuevo y pertinente es, en general, imprevisible. No depende de las prioridades de los administradores ni del arbitrio de los investigadores. Depende, más bien, de la capacidad que estos generen para instalar y dar vida a sistemas simbólicos y materiales, teóricos o experimentales, que produzcan nuevos objetos en virtud de su funcionamiento autónomo. Son estos sistemas, y no las instituciones o los investigadores, los que en última instancia determinan la plausibilidad teórica y experimental de problemas y preguntas de investigación.
La libertad de investigación como principio supone asumir que la investigación no siempre ni necesariamente engendra, por sí misma, conocimiento útil o relevante. Ello aconseja sumar un criterio normativo adicional: la participación sustantiva de las comunidades en la toma de decisiones, el diseño, la gestión y la valoración de los instrumentos y programas de investigación. Parece deseable que las comunidades (ciudadanos locales, servicios, trabajadores, pymes, industria, FF.AA. y policías, etcétera) sean responsables de transmitir de manera oportuna y eficaz sus intereses y necesidades en materia de conocimiento. No parece razonable dejar solo en manos de los investigadores la deliberación acerca de la relevancia y utilidad de su quehacer para el resto de la sociedad. Cambiando lo que hay que cambiar, sería como dejar solo en manos de las FF.AA. la deliberación acerca de las prioridades de la nación en materia de Defensa.
Por último, la libertad de investigación es un criterio que ayuda a poner el foco en los procesos de producción de conocimiento, más que en los resultados. Como se sabe, la promesa de innovación e impacto de una investigación no siempre se cumple; no, al menos, en la figura de patentes o publicaciones. Sin embargo, quienes investigan se ven cotidianamente confrontados a innovar y dar solución a problemas que les plantea su propio quehacer. Conviene no subestimar la creatividad que los investigadores despliegan para subsistir y mantener programas de investigación. En la contratación de capital humano, la atracción de fondos externos, la comercialización de habilidades y competencias, contratos con mediana y pequeña empresa, la colaboración con autoridades, entre otros, se genera una actividad con impacto social y económico de potencial considerable. Tradicionalmente, las políticas científicas nacionales parecen haber privilegiado el diseño “desde arriba”, descuidando la creación de instrumentos que ayuden a identificar, seleccionar y estimular iniciativas no previstas que emergen durante la práctica de la investigación.
La discusión que se ha iniciado sobre una nueva Constitución ofrece una oportunidad para reflexionar sobre el valor de la libertad de investigación, en el entendido de que esta favorece la producción de conocimiento autónomo, en todas las áreas, abierto a lo imprevisible, así como la participación de las comunidades no académicas en la toma de decisiones.
Juan Felipe Espinosa C.
Juan Manuel Garrido W.
Sasha Mudd
Tomás Undurraga
Soledad Zárate
Académicos