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Editorial
Jueves 26 de abril de 2018
Ética empresarial
Es conveniente aclarar el sentido final del Código de Ética aprobado por la Sociedad de Fomento Fabril.
En su esfuerzo por "validar a la empresa como un actor confiable y relevante en el proyecto de hacer de Chile un país más desarrollado, moderno e inclusivo", el consejo general de la Sofofa aprobó un nuevo Código de Ética, que procura adaptar el antiguo, que databa de 1957.
La pérdida de prestigio de la actividad emprendedora, provocada tanto por los casos de colusión ocurridos y las irregularidades detectadas en los que se vieron envueltas destacadas empresas del país, como por el lenguaje político oficialista que descalificaba el "afán de lucro" como fuente de los males de la sociedad, han llevado a la renovada dirigencia empresarial a desplegar una labor que consiga que la ciudadanía aprecie el valor que la actividad emprendedora tiene, incluso si se funda en el lucro.
Para que ese propósito resulte creíble, se hace necesario que la actividad empresarial incorpore a sus conductas no solo la generación de valor para sus accionistas, así como mejores condiciones de trabajo y remunerativas para sus colaboradores y mejores relaciones con clientes y proveedores, sino que además, ella requiere ser realizada de manera que interprete los valores y anhelos de la sociedad moderna. La preocupación por la sustentabilidad, por el entorno social, por la no discriminación y el trato igualitario, entre varios otros aspectos, es fundamental para que se aprecie el esfuerzo que las empresas realizan y que por esa vía el consenso social legitime su actividad.
El Código de Ética aprobado tuvo como objetivo "proponer mejores prácticas empresariales para que las firmas socias respondan a los desafíos del presente, contribuyendo a crear un clima de confianza mutua en armonía con todos los actores de la sociedad". Sus recomendaciones se elaboraron con el apoyo de McKinsey y Generación Empresarial, y plantean principios y buenas prácticas en áreas como gobierno corporativo, libre competencia y anticorrupción, relación con clientes, consumidores, proveedores y comunidades, medio ambiente, diversidad, educación, innovación y evolución tecnológica.
Sin perjuicio del valor que un esfuerzo de este tipo tiene, describirlo como Código de Ética implica contar con instancias que detecten su vulneración, que investiguen las circunstancias en las que ellas hayan ocurrido y que propongan y apliquen sanciones a los infractores. Por otra parte, como la Sofofa es una asociación gremial que defiende los intereses de sus asociados, es muy difícil establecer en su interior un comité que vigile permanentemente las actuaciones de estos, y menos aún aplicar sanciones, porque la dinámica de la defensa gremial y la de las sanciones a los infractores a un Código de Ética siguen lógicas muy diferentes.
De allí que resulte conveniente aclarar el sentido final del Código de Ética aprobado: ¿se trata de una Declaración de Principios o de un conjunto de Principios Ordenadores, o, efectivamente, su propósito es elaborar un Código de Ética que dé lugar a pesquisas y sanciones? Si se trata de lo primero, y las empresas procuran seguir dichos principios de buena fe, las compañías asociadas podrán llevar el prestigio de la actividad emprendedora a nuevas alturas, conforme el beneficio que ellas generen se extienda más allá de sus accionistas a toda la sociedad. Si se trata de un Código de Ética que detecte y sancione a quienes lo infrinjan, este debería operar, para que resulte creíble, bajo un esquema de gobernanza independiente de la Sofofa, que garantice su ecuanimidad y ausencia de conflictos de interés.