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Editorial
Jueves 26 de abril de 2018
Protección de fiscales
Los fiscales y sus asistentes están expuestos con frecuencia a la presión de los imputados, de los querellantes o denunciantes y de sus respectivos círculos familiares y de contacto, por lo que resguardarlos es un asunto prioritario.
Es una buena noticia que el Gobierno haya puesto urgencia a la tramitación del proyecto de ley destinado a mejorar la protección de fiscales, de los funcionarios del Ministerio Público y de los intervinientes en los procesos penales, ante los atentados violentos que puedan sufrir con ocasión de las actuaciones procesales. Durante el último tiempo se ha registrado una proliferación de casos de amenazas y agresiones de este tipo, ya no solo en la Región de La Araucanía, donde se cuentan unos 60 episodios de violencia desde 2005 a la fecha, sino también en diversas comunas de Santiago y regiones. En el extremo, hace unos pocos días la fiscalía formalizó a cinco sujetos que planificaron y ejecutaron un atentado incendiario en el domicilio del fiscal de Puerto Aysén.
Las medidas que propone el proyecto son, en términos generales, bastante simples. Se trata de encomendar expresamente a Gendarmería de Chile, a Carabineros y a la PDI la protección de los funcionarios del Ministerio Público y de los demás intervinientes. En el caso de Gendarmería, durante la realización de las audiencias judiciales, y en el caso de las policías, durante la realización de diligencias de investigación que tienen lugar fuera de los tribunales de justicia. Por otro lado, se plantea crear un delito nuevo con pena de presidio menor y multa para sancionar a quienes causen daños en el patrimonio de un fiscal. Hay que recordar que el delito común de daños tiene un alcance muy restringido y penas más bien bajas. Asimismo, con esta nueva figura se busca destacar la trascendencia de esta clase de hechos para el buen funcionamiento del sistema de persecución penal.
La tramitación y despacho de este proyecto responde a una antigua aspiración de los funcionarios de la fiscalía. Sin embargo, sería un error considerarlo como un asunto meramente gremial. Los fiscales y quienes les asisten directamente, igual que otros intervinientes en los procesos penales, están expuestos con frecuencia a la presión de los imputados, los querellantes o denunciantes y sus respectivos círculos familiares y de contacto. No son pocos los casos en que esta presión se traduce en amenazas más o menos explícitas de uso de la violencia, o en que derechamente se agrede a los intervinientes a la salida del tribunal e incluso al interior de la sala de audiencias. Aunque el Estado y la sociedad civil tienen derecho a exigir que los fiscales actúen con fortaleza y no se dejen intimidar con facilidad, no se puede esperar que se comporten heroicamente ni escatimar los medios para que ejerzan sus funciones con la tranquilidad de que no van a ser atacados o intimidados.
Desde este punto de vista, las medidas que contiene el proyecto de ley deberían complementarse con protocolos de seguridad más rigurosos para el acceso a los tribunales y con una actuación más decidida de los funcionarios encargados de la custodia. Esta última solo será posible, sin embargo, en la medida en que los gendarmes y policías tengan la certeza de que serán apoyados por sus superiores y por la autoridad política cuando ejerzan razonablemente sus funciones de protección. Si, por el contrario, cada intervención debe ser sopesada con extremo cuidado para no exponerse luego a toda clase de imputaciones e investigaciones sumarias, lo más probable es que el proyecto de ley no consiga su objetivo. Aunque las facultades estén disponibles en la teoría, nadie querrá usarlas si cada vez que lo hace corre un elevado riesgo de perder su trabajo o de ser sancionado.