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Editorial
Viernes 23 de marzo de 2018
Colusión en transporte
El caso de la colusión en el mercado del transporte marítimo de automóviles, que tuvo escala mundial, habría afectado a quienes en Chile compraron un auto durante ese período.
El caso de colusión en el transporte marítimo de automóviles está en sus etapas finales antes de la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Empresas marítimas en todo el mundo están acusadas de haberse coludido entre 2000 y 2012 para no competir en el transporte de automóviles, lo que fue detectado y penalizado en Japón y en los EE.UU. Dos de estas empresas decidieron hacer uso de la delación compensada en Chile, con el objeto de eliminar o aminorar sus multas.
Este acuerdo entre las empresas habría afectado a quienes compraron automóviles durante el período de colusión, pues en un mercado competitivo, gran parte del mayor costo de transporte se traspasa a los clientes finales. Según una estimación provista por la Fiscalía Nacional Económica, esta colusión significó un mayor costo de transporte de US$ 34 millones, lo que equivale al 0,6% del valor de los automóviles importados durante el período considerado. Dado que los automóviles en promedio tienen un precio CIF (costo, seguro y flete) que supera los US$ 14.000, de acuerdo con la fiscalía, se trataría de un costo de transporte adicional de unos US$ 80-90 por vehículo comprado.
La fiscalía solicita multas totales cercanas a los US$ 85 millones a las empresas involucradas. Este valor supera largamente los beneficios económicos que les habría reportado la colusión, de acuerdo con los cálculos de la misma fiscalía, con lo que se busca disuadir la repetición de este tipo de conductas. De este castigo se excluye a la Compañía Sudamericana de Vapores, que fue la primera en usar la delación compensada, y se le rebajó la multa solicitada para la empresa japonesa NYKK por haber sido la segunda en autodelatarse.
En cuanto a las compensaciones por daño, en la ley de 2016 se estableció que estas se determinan una vez que el Tribunal de la Libre Competencia haya sancionado las conductas colusivas. En principio, todos quienes hayan comprado un automóvil en los últimos años podrían tener derecho a una compensación. La dificultad estriba en que, por ser hechos que comenzaron antes del cambio legal de 2016, será necesaria una acción conjunta ante los tribunales ordinarios, los que operan en forma lenta y tienen poca experiencia en estas materias.
Es probable que la información proporcionada por las empresas delatoras haya acelerado la condena de las restantes, pero la falta de castigo a una de las compañías que habrían participado de forma más activa en el acuerdo sigue suscitando dudas sobre ese mecanismo.
Este caso es ilustrativo de lo que puede suceder en el mercado del transporte marítimo mundial, donde las conductas anticompetitivas son comunes, quizás debido a que hay grandes costos hundidos y no existe mayor diferenciación en el servicio, lo que puede servir como un perverso incentivo para que algunas empresas se inclinen por coludirse antes que arriesgar pérdidas si compiten en forma agresiva.