El Mercurio.com - Blogs : Prohíben lienzos, punteros láser y cantos homofóbicos: fútbol chileno estrena código de conducta para los hinchas
Noticias
Jueves 21 de septiembre de 2017
Prohíben lienzos, punteros láser y cantos homofóbicos: fútbol chileno estrena código de conducta para los hinchas
El manual tipifica 41 casos en que los organizadores de los partidos pueden ejercer el derecho de admisión -sin recurrir a la justicia ordinaria- por períodos que van desde los 6 meses hasta los 5 años.
El texto surge de la obligación que impuso el reglamento de la ley contra la violencia en los estadios aprobado el año pasado. Directivos consensuaron el listado y determinaron escala de sanciones. Clubes, ANFP y Estadio Seguro deben fiscalizar.
Antonio Valencia
Obligados por la hoja de ruta que impuso el año pasado el reglamento de la ley contra la violencia en los estadios, los clubes acaban de estrenar el "Protocolo de Aplicación del Derecho de Admisión", norma que establece una "lista negra" de 41 conductas inapropiadas de los hinchas que -si se aplica el nuevo modelo- les impedirá el ingreso a los recintos deportivos de todo Chile por períodos que van desde los 6 meses hasta los 5 años.
La escala de sanciones establece 5 faltas consideradas leves (castigadas con seis meses de prohibición de acceso a los coliseos), 11 menos graves (un año), 12 graves (dos años), 12 muy graves (tres años) y una gravísima (cinco años).
Ejemplos hay varios.
Intentar ingresar un lienzo o instalar uno en las rejas del coliseo e incluso no respetar la ubicación en la tribuna implicará una prohibición de acceso a los estadios de seis meses.
Usar un puntero láser, incitar a la violencia, trepar a las rejas provocando la interrupción del partido o "robar" balones que salgan de la cancha conllevan una "pena" de un año fuera de los recintos deportivos.
Hay más.
Quien grite "expresiones de carácter discriminatorio a cualquiera de los participantes del evento deportivo" arriesga dos años fuera de los estadios, de la misma manera que quien ingrese "lienzos de carácter xenófobos o homofóbicos y/o participe en cánticos con esa connotación".
Portar o encender bengalas dentro del estadio, así como ingresar a la cancha sin autorización, además de amenazar o escupir a un jugador o miembro del cuerpo técnico, implican un castigo por tres años, del mismo modo que ser sorprendido "secuestrando" un bus de transporte público para llegar a un partido.
El documento fue trabajado al menos seis meses por la ANFP y una comisión de equipos. De hecho, fueron los propios directivos de clubes los que consensuaron el listado de 41 conductas punibles y establecieron las penas asociadas (ver infografía).
Al cabo, el Consejo de Presidentes aprobó el "protocolo" el pasado 29 de agosto, texto que amplía el rango de acción tanto de los clubes como de la ANFP para sacar de los estadios a los hinchas de mal comportamiento sin la necesidad de pasar por la justicia ordinaria.
De acuerdo al documento, la idea es evitar que hinchas "sorprendidos y denunciados por funcionarios policiales por cometer delitos o faltas como desórdenes, falsificación de entradas u otros, queden bajo medida cautelar de citación, siendo sus causas posteriormente cerradas por el Ministerio Público", señala el texto, que desde este mes está en poder de todos los clubes.
Cómo opera el sistema
Para ejercer el derecho de admisión, los clubes u organizadores del espectáculo deben tener pruebas o "antecedentes que acrediten las circunstancias", entendiéndose como tales partes policiales, fotografías o videos, copias simples de resoluciones judiciales nacionales o extranjeras, denuncias firmadas por los clubes o por otros asistentes, como también "declaraciones escritas y firmadas por el jefe de seguridad, supervisores, encargados, guardias de seguridad o controles de acceso", entre otros.
El derecho de admisión se deberá ejercer "a más tardar dentro del plazo de 7 días corridos desde la toma de conocimiento de la ocurrencia del hecho".
El club denunciante debe aportar los medios probatorios, y el afectado tendrá derecho a conocer las pruebas en su contra.
El hincha castigado -si no se entera al momento de comprar su entrada- debe ser notificado vía e-mail, correo certificado o incluso por los controles del estadio o jefes de seguridad de cada club, y en la notificación no solo deben estar los hechos fundantes, sino además se debe informar los mecanismos para revertir la prohibición.
El protocolo también establece una exigencia a los clubes y a la ANFP: además de denunciar cuando proceda, deberán informar el código en los accesos de los estadios y mantener un canal en sus sitios web para que los hinchas consulten si pesa sobre ellos la prohibición.
En el nuevo modelo se detalla la forma en que un espectador sancionado puede revertir la medida: presentando un reclamo "con antecedentes suficientes" que permitan eliminar la exclusión.
"Se entenderá como un antecedente suficiente que el afectado haya estado sujeto a una prohibición judicial de ingreso a los recintos deportivos y haya sido absuelto o sobreseído", se lee en el texto.
El manual también castiga a los clubes -previa denuncia del directorio de la ANFP al Tribunal de Disciplina- si abusan o realizan un "ejercicio injustificado de la atribución".
Cuando el hincha sancionado cumpla su "pena", debe pedir la eliminación de su nombre del registro y presentar una "contrato de buen comportamiento firmado ante notario" que contenga las normas de comportamiento dentro de los recintos deportivos.
El protocolo también contiene el mecanismo de "conmutación" de la pena. "Excepcionalmente, y para casos fundados cuya sanción no exceda de un año con prohibición de acceso a los estadios, el organizador podrá sustituir el cumplimiento parcial del plazo por trabajos voluntarios o actividades no remuneradas en beneficio del club o la comunidad".
Clubes, ANFP y Estadio Seguro
deberán evitar que la norma
se transforme en letra muerta
En la ANFP califican como un "avance importantísimo" el protocolo de derecho de admisión. "Estandariza procedimientos y sanciones comunes a todos los clubes que, además, tienen la obligación de denunciar. También previene arbitrariedades", dice Ángel Valencia, secretario ejecutivo de Quilín.
-¿Por qué no se hizo antes?
"Porque el reglamento de la Ley (19.327) se aprobó en julio de 2016. Hasta aquí eran los clubes los que fijaban sus procedimientos, y el Gobierno dictó este reglamento para que la ANFP unifique criterios. Durante estos meses, la Asociación y una comisión de clubes afinaron el catálogo de 41 conductas".
-¿El protocolo complementa las prohibiciones de ingresar a un estadio decretadas por la justicia ordinaria?
"Va por un camino paralelo a la vía judicial. Puede que un proceso judicial no llegue a sancionar por diversas razones, pero este protocolo sí entrega la facultad a los clubes de prohibir el ingreso a los estadios bajo la figura del derecho de admisión que consagra la ley".
-¿Cómo se determinó que el uso de un "puntero láser" se castigue con un año sin entrar al estadio?
"Las sanciones las establecieron los clubes como organizadores del espectáculo. El catálogo de 41 conductas puede seguir creciendo y puede ser perfeccionado. Es dinámico".
-¿Por qué ahora sancionan cánticos homofóbicos y xenófobos si la ANFP rebatió a la FIFA que eran "parte del folclor y la idiosincrasia del fútbol"?
"Porque acá también se incorpora la guía de buenas prácticas de la FIFA y porque hemos dicho que algunos de los cánticos son reprochables y hemos hecho campañas para evitarlos. Este protocolo también se aplicará en partidos de la selección chilena".
-¿Quiénes deben evitar que este nuevo código se transforme en letra muerta?
"Los clubes, la ANFP y Estadio Seguro son los responsables de que este protocolo se pueda aplicar".