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Cartas
Domingo 16 de abril de 2017
Declaraciones de patrimonio e intereses, ¿y después?
Un gran avance en materia de probidad se produjo en las últimas semanas con el cumplimiento de las exigencias de la Ley de Probidad que obligó a presentar declaraciones de patrimonio e intereses a cerca de 60 mil funcionarios públicos y 158 parlamentarios. Si bien es posible pensar en que esta ley puede ser perfeccionada a futuro, hay que reconocer el salto positivo que se ha dado en la materia.
Lamentablemente, la cobertura que dicha noticia ha tenido en distintos medios de comunicación ha puesto especial énfasis en un aspecto que no pareciera ser central: el mostrar los casos de autoridades que poseen los patrimonios más cuantiosos. Esto ha dejado de lado un análisis mucho más riguroso y rico en contenido que podría surgir con el uso y cruce de esta información. Así, hoy se hace plausible detectar con mayor facilidad potenciales casos de corrupción. Se trata de conductas extremadamente graves para el funcionamiento de nuestro sistema institucional que deben ser sancionadas como corresponde.
Avanzar en esta dirección supone trabajar en dos líneas complementarias. Por una parte, es indispensable fortalecer las facultades legales y la capacidad institucional de nuestro aparato público para detectar e investigar estas conductas. En esta dirección, la ley le ha entregado a Contraloría nuevas atribuciones en esta materia, producto de lo cual ya no actúa como un mero receptor de las declaraciones, sino que debe verificar si fueron completas y veraces. Esto, a través del contraste de la información entregada en las declaraciones con las bases de datos del Registro Civil y otras instituciones. Sin lugar a dudas se trata de otro gran avance. Con todo, queda aún pendiente determinar si las nuevas facultades y los recursos disponibles por esta institución son adecuados y suficientes a la magnitud de la tarea. Lo mismo debiéramos examinar tratándose de otras agencias, como por ejemplo el Ministerio Público, cuando las irregularidades detectadas por la Contraloría pueden constituir delitos.
En una segunda línea de trabajo, es necesario también revisar la tipificación y las sanciones establecidas en nuestra legislación para los funcionarios involucrados en actos de corrupción. Hay consenso importante en que en la actualidad no existen penas efectivas, proporcionales ni disuasivas respecto de los enormes impactos y consecuencias sociales que producen estos delitos. Sobre esta materia, hay dos proyectos de ley en discusión en el Congreso que mejoran de manera significativa lo que hoy tenemos, por lo que su tramitación legislativa debiera avanzar con la urgencia que el tema merece.
En momentos en que todos los sectores están muy preocupados por los bajos niveles de legitimidad que tienen nuestras instituciones, es particularmente importante seguir avanzando con una agenda de probidad que ofrece la oportunidad real de revertir esta realidad. Es de esperar que los candidatos de los distintos sectores se comprometan decididamente en esta dirección, identificando que aquí estamos en presencia de una materia que requiere el desarrollo de políticas de Estado.
Mauricio Duce J.
Presidente ejecutivo Espacio Público
Profesor de Derecho UDP