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Editorial
Domingo 26 de febrero de 2017
Justicia militar
"Este bochornoso descuido de las instituciones tiene diversas causas, que van desde una desprolijidad que se ha presentado en la tramitación de diversos proyectos de ley, hasta una visión ideológica sobre las deficiencias del régimen de justicia militar...".
Confundiendo la discusión de fondo sobre la justicia militar con la dotación presupuestaria de los órganos establecidos en la Constitución y las leyes, la Cámara de Diputados rechazó el presupuesto anual de $8.436.000 propuesto para la Corte Marcial en el mensaje del Ejecutivo, por lo que este fue reducido a la simbólica suma de mil pesos. Como el Ejecutivo, por su parte, no repuso los recursos mediante una indicación, la comisión mixta del Senado aprobó el presupuesto como venía.
Como era de esperar, el pleno de la Corte Marcial ofició el pasado 17 de febrero al director de Presupuestos para que se traspasen "los recursos presupuestarios necesarios a la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas que permitan el normal funcionamiento de este tribunal de la República, integrante del Poder Judicial y que tiene por finalidad principal la de conocer, como instancia de apelación (principalmente), de las causas criminales seguidas contra el Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile".
Este bochornoso descuido de las instituciones tiene diversas causas, que van desde una desprolijidad que se ha presentado en la tramitación de diversos proyectos de ley, hasta una visión ideológica sobre las deficiencias del régimen de justicia militar. En relación con este último aspecto, es preciso recordar que cada cierto tiempo se levantan críticas a este régimen, denunciando deficiencias que resultan particularmente patentes cuando se lo contrasta con el sistema procesal penal reformado. No pocas de estas críticas se encuentran plenamente justificadas, y a ellas puede sumarse una serie de problemas operativos derivados de la escasez de recursos con que opera un sistema en el que, por ejemplo, las causas todavía deben registrarse manualmente en un libro de ingreso.
El ímpetu crítico y simbólico de los legisladores sería más productivo, sin embargo, si se canalizara en el esfuerzo por diseñar una reforma del sistema que respete sus particularidades, que no implique recargar aún más de trabajo a la justicia penal ordinaria, y que junto con cuestiones procesales se haga cargo de la reforma que requieren instituciones sustantivas, como la regulación del uso de la fuerza preventiva, la obediencia debida y una drástica reducción del inmenso campo que hoy abarca el derecho penal militar a favor del derecho meramente disciplinario.
Aunque hay muy buenas razones políticas y jurídicas para avanzar en la materia, son muchas las complejidades técnicas, administrativas y presupuestarias que debe abordar un buen proyecto de reforma de la justicia militar. El incidente presupuestario que se acaba de resolver podría servir de acicate para la creación de una instancia experta que trabaje en el diseño de este proyecto con agenda, plazos y recursos consistentes con su envergadura y complejidad.