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Editorial
Viernes 28 de octubre de 2016
Cotización previsional de independientes
Las situaciones que se perciben como injustas en materia previsional terminan incentivando la informalidad en las relaciones laborales y así ocurre si un grupo de trabajadores no cotiza, pero se beneficia del sistema de pensiones...
El debate que suscitará la eventual propuesta de introducir un elemento de reparto dentro de la contribución que mensualmente hacen los trabajadores a sus cuentas personales de capitalización -privándolos de parte del cinco por ciento adicional que se establecería como cotización- subraya la importancia de aplicar la obligatoriedad de imponer para los trabajadores independientes.
Los sistemas previsionales suelen construirse en torno a tres pilares. Uno de carácter solidario financiado con impuestos, un segundo de carácter contributivo que incluye desde sistemas de reparto hasta sistemas de capitalización individual, y un tercero de carácter voluntario. El segundo pilar a veces se separa en dos, para distinguir entre un componente redistributivo y otro de capitalización individual, en gran medida como un reconocimiento al hecho de que los sistemas de reparto han ido incorporando crecientemente la obligación de contribuir a cuentas de capitalización individual. Casos emblemáticos de esta última tendencia, con diferencias entre ellos, son Dinamarca, Holanda o Suecia.
Así, gran parte de la discusión política respecto de los sistemas de pensiones se concentra en el segundo de estos pilares y, en particular, en su diseño. ¿Con cuánto debe contribuir cada trabajador al sistema? ¿Qué destino se le da a esa contribución? ¿Va a su cuenta personal o a un fondo de reparto? ¿Qué parte de la cotización obligatoria podría destinarse a uno y otro objetivo? Estas son algunas de las preguntas que animan el debate en cada país. La tensión que se manifiesta ahora en la discusión pública local tiene que ver con el deseo del Gobierno -para enfrentar el descontento por las bajas pensiones- de destinar parte de la contribución de los trabajadores a un sistema de reparto, lo que fue recientemente avalado por el ministro de Hacienda en reunión con inversionistas a propósito del Chile Day.
Esta será una discusión compleja y ardua. Es tentador introducir algún grado de reparto, porque ello allega inmediatamente recursos para financiar mejoras en las pensiones de los actuales jubilados sin recurrir a redistribuciones del presupuesto público, pero no hay que olvidar que eso hace surgir importantes distorsiones en las decisiones de los agentes económicos en el presente y, además, genera los problemas de desfinanciamiento de largo plazo que aqueja a todos los sistemas de reparto en el mundo.
Más allá de este difícil debate, la legitimidad de cualquier propuesta dependerá de que cada trabajador contribuya efectivamente al sistema de pensiones. Difícilmente podrá este tener sustentabilidad si un grupo de trabajadores no cotiza y después se beneficia de alguno de los pilares del sistema de pensiones. Estas situaciones terminan siendo percibidas como injustas e incentivan la informalidad en las relaciones laborales para evitar el pago de cotizaciones y, eventualmente, de impuestos. Por esta razón, es fundamental aplicar la obligatoriedad de cotización para los trabajadores independientes, que estableció originalmente la Ley 20.255, y cuya entrada en vigencia ha sido postergada dos veces. El Servicio de Impuestos Internos tiene la capacidad para aplicar esta normativa a un grupo relevante de trabajadores independientes.
Por cierto, algunos que cultivan relaciones meramente informales probablemente están fuera del "radar" del SII, pero estos son trabajadores de muy bajos ingresos y es más discutible que se intente extraer de ellos una cotización. Pero la gran mayoría tiene ingresos similares a los que trabajan formalmente y debiera aplicárseles las normas vigentes. En una primera etapa podría ser conveniente, en cuyo caso habría que establecer una gradualidad en la norma, como propuso la Comisión Bravo, obligarlos a cotizar a una tasa más baja para facilitar la adaptación de estos trabajadores y evitar un shock relevante en sus ingresos. Con todo, esta transición no debería ser excesivamente prolongada, porque se corre el riesgo de no finalizarla nunca con los consiguientes problemas de legitimidad para el sistema de pensiones.