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Cartas
Lunes 22 de agosto de 2016
Proceso constituyente
Señor Director:
Me he informado por la prensa que el Consejo Ciudadano de Observadores del Proceso Constituyente ha citado a una reunión, que tendrá lugar hoy, para dar inicio a la preparación del texto final del informe que entregarán a la Presidenta de la República como garantes del proceso constituyente.
También me he enterado por la prensa ("El Mercurio", 7 de agosto) de que existe un Comité de Sistematización designado por la Segpres, cuya tarea es "ordenar la información" proveniente de las fases iniciales del proceso. El informe final que entregue en octubre próximo será un insumo clave para que el Consejo Ciudadano de Observadores redacte las llamadas "Bases Ciudadanas, texto a partir del cual la Presidenta propondría un proyecto para cambiar la Constitución".
Planteo a continuación algunas dudas que surgen de los pasos anunciados del proceso constituyente para que, si lo ameritan, sean analizadas y resueltas con el grado de profundidad requerido, superior al que yo puedo ofrecer.
Parto por decir que la lectura de la prensa aparecida desde que empezó el proceso constituyente acerca de este proceso revela que la escasa información obtenida por los "facilitadores" e interpretada por estos sería objeto de una revisión por parte del Comité de Sistematización y el resultado de esta revisión sería objeto de redacción por parte de todas las personas que integran el Consejo (¿pueden varias personas redactar juntas?), producto final que llegaría a manos de la Presidenta, pero, ojo, con el solo propósito de que ella proponga "cambiar la Constitución". Así lo dicen la Segpres en "El Mercurio" y el Considerando 1) del Decreto Supremo 36 de 2 de diciembre de 2015, que crea el Consejo Ciudadano de Observadores del Proceso Constituyente.
En mi opinión, cumplir el proceso descrito aparece, a primera vista, como una misión imposible frente a las siguientes dificultades:
-Imposibilidad de comparar recomendaciones de diferente naturaleza, por ende no susceptibles de contabilizarse en orden o porcentajes, sean ellas principios, deberes, derechos, obligaciones, aspiraciones o cualesquiera otras.
-No descartar de la partida aquellas opciones inconstitucionales bajo la actual Constitución antes de modificar esta última para reglar su introducción en ella, como ocurre con la sustitución de la actual Constitución por una nueva o con la asamblea constituyente.
-Cumplir debidamente con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo primero de la actual Constitución según lo reitera el "Visto" del Decreto 36.
-No cumplir debidamente con las normas que regulan la formación de las leyes en la actual Constitución, en abierta infracción de su artículo 7 por parte de la Presidenta.
-No cumplir lo establecido en el Decreto 36 que creó el Consejo Ciudadano de Observadores en orden a radicar la propuesta en los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad.
-Terminar con la muerte anunciada de la actual Constitución como puerto de destino decidido antes de empezar el viaje.
Laura Novoa V.