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Cartas
Domingo 07 de febrero de 2016
Denuncia del Pacto de Bogotá
Señor Director:
En reciente carta a "El Mercurio", un grupo de amigos y ex colegas de la Cancillería, por los cuales siento gran respeto por su trayectoria funcionaria, han retornado al socorrido tema de la denuncia del Pacto de Bogotá, iniciativa que se plantea cada vez que los chilenos nos vemos enfrentados a un fallo desfavorable, últimamente el de la Corte Internacional de Justicia de La Haya en el caso de las excepciones preliminares.
Yo comparto plenamente su frustración, pero no concuerdo con el apuro que evidencian para solicitar que esta denuncia se haga efectiva.
Es sabido que dicha denuncia, para que surta efecto, debe haber transcurrido un año desde su notificación, y en estos momentos esa Corte, en el caso de Nicaragua contra Colombia en el Mar del Caribe, tiene que resolver pronto si esa denuncia no rige más allá cuando hay procedimientos vigentes (la ejecución de la sentencia).
Al existir ese plazo más dilatado, pienso que hay varias razones que no justifican que Chile dé un paso precipitado en tal sentido sin mayor reflexión acerca de todas sus ventajas e inconvenientes, con una perspectiva a más largo plazo. En términos más coloquiales, pondría el ejemplo de don Otto, cuando decide en forma súbita vender el sofá al conocer el comportamiento infiel de su esposa.
La legítima preocupación de nuestros colegas me provoca una serie de interrogantes:
¿No sería una pésima señal de credibilidad ante la Corte, la cual debe aún juzgar el fondo de nuestro litigio con Bolivia, que Chile denuncie ahora el Pacto de Bogotá, una de cuyas cláusulas sobre la cosa juzgada ha sido hasta ahora el fundamento jurídico de su defensa de la intangibilidad del Tratado de 1904? A estas alturas del proceso, ¿deberíamos abandonar ese argumento o retirarnos del juicio?; eso sería bochornoso.
Asimismo, ¿será oportuno privarnos de antemano de este mecanismo vigente de solución de controversias para resolver en el futuro otros diferendos jurídicos que surjan con otros vecinos (ríos internacionales Silala y Lauca; la aplicación del Tratado Antártico; la plena ejecución de la sentencia en el diferendo marítimo con Perú, aún pendiente de parte de nuestros vecinos, etcétera? Dejamos a un lado el tema del llamado "triángulo terrestre" sometido al arbitraje del Presidente de los Estados Unidos. Estos ejemplos pueden multiplicarse, aunque es cierto que dichos vecinos también pueden recurrir al mismo mecanismo.
Empero, para evitar que se siga transgrediendo la integridad territorial de los estados miembros, hay que negociar con tiempo la modificación del Tratado de Bogotá en el citado artículo VI sobre la cosa juzgada y no vender el sofá de don Otto.
Jaime Lagos Erazo