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Editorial
Jueves 26 de noviembre de 2015
Repercusiones de la colusión
Es importante que no se pierda de vista que las compensaciones deben fijarse por los tribunales y no por la autoridad administrativa...
El tenor de la confesión ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de uno de los principales implicados en el caso del cartel del papel tissue permite advertir las connotaciones de un delito económico que ha conmocionado a la opinión pública.
Declara el ejecutivo de la correspondiente filial de la CMPC que él actuó luego que su directorio le instruyera recuperar la cuota de mercado perdida a manos de PISA (actual SCA), competidor suyo. En medio de la "guerra de precios" desatada al efecto, este último habría sido el instigador de la colusión a fin de evitar su quiebra. El armisticio resultante incluiría alza de precios, alteración de la calidad del producto y amigable reparto de cuotas de mercado. Admite el ex gerente que el cartel incluso consideró utilizar su poder de mercado para elevar aún más los precios, pero lo disuadió la eventual competencia de terceros, como ocurre en una economía abierta a las importaciones. Reconoce plena conciencia de la ilegalidad cometida, dejando en evidencia así graves faltas a la ética por parte de quien cabía esperar no solo competencia técnica, sino también gran responsabilidad y probidad. Aunque exculpa al directorio, responsable último de la empresa, resulta inexplicable la falta de diligencia por parte de este en el monitoreo del correcto cumplimiento de sus instrucciones. De este episodio cabe destacar la eficaz intervención de la FNE, que encabeza el abogado Felipe Irarrázabal, y la operación del sistema de delación compensada que hoy contempla la defensa de la libre competencia en Chile.
El hecho ha motivado repudio generalizado de la comunidad empresarial, incluida la suspensión de la participación de CMPC y su filial en los organismos gremiales respectivos, lo que es destacable porque sirve para subrayar su compromiso con la libre competencia y la voluntad de exigir a sus miembros mayores estándares éticos.
En lo judicial, mientras el caso comienza a ser visto en el tribunal competente, así como en la colusión de las farmacias, hay quienes intentan su persecución penal según los artículos 285 y 286 del Código Penal, algo que muchos expertos sostienen que desvirtúa la operación de la delación compensada. Mientras tanto, en el terreno político, lo más relevante es que ha ganado considerable apoyo la iniciativa del Gobierno de restablecer el carácter penal del delito de colusión. Esta es, sin duda, una opción posible, pero su aplicación presenta importantes complejidades e inadvertidamente podría hacer que la delación compensada -que parece estar operando bien- resulte invalidada.
Explicablemente, la reacción pública también se ha volcado hacia la búsqueda de fórmulas para compensar a los consumidores afectados. El Gobierno, por ejemplo, ha solicitado al Consejo de Defensa del Estado intentar obtener una compensación por el mayor costo en sus compras de papel por efecto del cartel, aunque a este también le puede haber redituado con un mayor ingreso por concepto de impuesto a la renta. Ante el reclamo de una asociación de consumidores, el Sernac ha iniciado una mediación con la principal empresa papelera involucrada. Hasta ahora, sin embargo, se desconoce la evaluación del daño infligido -solo han circulado cálculos hipotéticos- y no parece fácil acreditar la identidad de los consumidores perjudicados. Todo ello restaría fuerza a una eventual acción colectiva contra la denunciada y haría que la compensación promovida por Sernac tomase un inconveniente cariz discrecional y político. Si bien las empresas responsables pueden estimar conveniente efectuar diversas acciones públicas para mejorar su imagen, una indemnización por daños sancionada por Sernac solo corresponde sea sopesada y determinada por los tribunales.
La protección de la libre competencia exige no solo una fiscalización celosa de sus posibles infracciones, sino también mantener amplio acceso de nuevos emprendedores a los mercados. Los riesgos que importa la discrecionalidad de los supervisores suelen actuar como una fuerte barrera de entrada. El proyecto de ley que fortalece a Sernac -aunque ha sido moderado en el Senado- desgraciadamente puede exacerbar esos riesgos porque le permite actuar de juez y parte. Pero al menos mantiene el principio de que las compensaciones han de fijarse en sede judicial. Es importante que en medio del explicable repudio que merece la colusión del papel, ese principio no se pierda de vista.