Señor Director:
Lamento mucho la
molestia manifestada por el ministro Carlos Aránguiz por haber estimado irrespetuosas las expresiones de las que me serví para comentar el fallo de la Corte vinculado a las violaciones de DD.HH. en Venezuela. Nada más lejos de mis intenciones. Por el contrario, ellas están animadas por un fuerte respeto a las instituciones y sus atribuciones exclusivas, incluido el Poder Judicial.
Se vertía en la nota una crítica a un fallo judicial de tremenda relevancia institucional y cuyos razonamientos y decisión difícilmente puedo compartir. Más allá de cualquier consideración específica, distan de ser aisladas las voces que se han levantado respecto de los problemas de orden legal y constitucional que acarrea una decisión de esa naturaleza, la sede en que fue evacuada y los complicados trances de ejecución en que pone al Poder Ejecutivo por la propia estructura del sistema interamericano de DD.HH.
Sin perjuicio de las firmes convicciones enunciadas y de la competencia que cabe al Consejo en la defensa de los intereses del Estado -incluida especialmente la de las potestades de los órganos de administración que ha fijado la Constitución Política de la República-, no pretendo perseverar aquí en una discusión cuyo contenido jurídico exige que su sede sea otra, ni tampoco en los términos que probablemente pude haber elegido con mayor cautela. Sin embargo, las implicancias para las atribuciones exclusivas de la Presidencia de la República de un fallo de esta naturaleza no pueden perderse de vista ni por un instante por estas razones.
Juan Ignacio Piña Rochefort
Presidente del Consejo de Defensa del Estado