Dando muestra una vez más de su talento para defender posturas características del magisterio eclesiástico católico romano aduciendo principios liberales,
Lucía Santa Cruz ha sugerido en este lugar que apoyar la licitud del aborto, incluso en los estrechos márgenes con que se lo propone en el proyecto de ley del Gobierno, sería inconsistente con el reconocimiento de límites morales a la libertad individual.
Sus dos argumentos básicos coinciden con la Encíclica "Evangelium Vitae" (1995). El primero es que desde el momento de la fecundación del óvulo humano por el espermio humano existe un ser humano con igual dignidad y derechos. El segundo, que la consideración de la autonomía de la mujer por sobre el derecho a la vida del embrión o feto es un error moral, cuya explicación se encuentra en el relativismo moderno, que solo atiende a la autosatisfacción de la subjetividad.
El primer argumento es controversial y en su exposición por Lucía Santa Cruz, inconsistente. El segundo argumento es falso.
Como es usual entre los católicos obedientes al magisterio, Lucía Santa Cruz confunde los criterios biológicos para reconocer un organismo vivo perteneciente a la especie humana con los criterios morales para reconocer una persona. Cuando se los distingue aparece el objeto de la controversia: ¿por qué puede decirse de cierta clase de organismos vivos que tienen el estatus moral de persona? Ciertamente no porque pertenezcan a una especie determinada: eso sería una petición de principio.
Lucía Santa Cruz declara que no tiene dudas filosóficas acerca de la identidad entre ser humano y persona. Eso puede valer como descripción de sus estados mentales, pero no es un argumento. Al mismo tiempo, ella demuestra reconocer una diferencia entre ambos conceptos cuando observa que el ser humano crece "de embrión a persona". Esta tesis de la emergencia de la calidad de persona es una desviación del magisterio y se abre mejor al respeto a los derechos de la mujer como límite a la protección de la vida del feto. O sea, lo que contradice la segunda afirmación de Lucía Santa Cruz.
Tal como lo observara en 1969, en Estados Unidos, Germain Grisez, otro talentoso pensador católico romano, Lucía Santa Cruz considera que la invocación de los derechos de autonomía de la mujer para justificar tres causales de aborto conduce a la justificación irrestricta del aborto. Y tal como Grisez, Santa Cruz cree con candor que eso vale como objeción.
Lo que se infiere del reconocimiento de las tres causales son tres principios distintos. Uno, que incluso si se considera que la mujer tiene el deber legal de tolerar el embarazo, ese deber se justifica para asegurar la supervivencia del feto hasta que pueda subsistir por sí mismo. Siendo el feto inviable, no hay deber legal para la mujer. Dos, que ese deber no obliga a la mujer a cualquier costo para ella. Pudiendo estar en peligro su vida y gravemente su salud, no hay deber legal para la mujer. Tres, que ese deber no obliga a la mujer cuando es manifiesto que el embarazo no fue consentido por ella, ni siquiera como riesgo.
Ninguna de estas consecuencias implica el desconocimiento de límites a la libertad individual. Por el contrario, todas ellas suponen como punto de partida un límite legal: el deber de tolerar el embarazo. Las dos primeras expresan un juicio normativo sobre ese deber: también tiene límites. La tercera expresa un juicio acerca de su fundamento: solo la asunción del embarazo por la mujer puede justificar plenamente su obligación legal de tolerarlo, porque no es una simple prohibición de daño, sino un deber de solidaridad.
Entre la exposición de Lucía Santa Cruz y mi crítica hay una diferencia. Ella habla de deberes morales; yo, de deberes legales. Su concentración en los deberes morales es elusiva y, en definitiva, antiliberal. Porque lo que está en juego en esta discusión no es la moralidad, sino la legalidad: la habilitación para la investigación policial y la condena judicial, la amenaza de cárcel, la clandestinidad.
La legalización elimina la ilegalidad y deja abierta la cuestión de la moralidad. Un pensador auténticamente liberal siempre distingue los dos planos. Confundirlos es propio de la perspectiva premoderna; y, por cierto, católica romana.
Antonio BascuñánAbogado
Profesor de Derecho
Universidad Adolfo Ibáñez y U. de Chile