El Mercurio.com - Blogs : Presidenta Bachelet presentó ayer iniciativa que despenaliza el aborto en tres causales
Noticias
Domingo 01 de febrero de 2015
Presidenta Bachelet presentó ayer iniciativa que despenaliza el aborto en tres causales
"Las tres causales de interrupción del embarazo deben consagrarse como una legítima prestación de salud", afirmó la Jefa de Estado durante un acto que congregó a ministros, presidentes de partido de la Nueva Mayoría y parlamentarios oficialistas.
F. Paul, K. Cereceda y J. Soto
Acompañada de cinco ministros, los presidentes de los partidos de la Nueva Mayoría y más de una decena de parlamentarios, la Presidenta Michelle Bachelet firmó ayer en La Moneda el proyecto que despenaliza el aborto en los casos de peligro de vida de la madre, inviabilidad del feto o violación.
La Mandataria fue la única oradora en la ceremonia. En su discurso, que duró 13 minutos, indicó que "en la actualidad, los equipos médicos deben enfrentar la aguda contradicción que implica no poder salvar la vida de la mujer, porque la interrupción de su embarazo está sancionada penalmente".
En su última actividad antes de partir de vacaciones al Lago Caburgua, la Jefa de Estado informó que el proyecto -que ingresará a través de la Cámara de Diputados- reconoce "al médico cirujano la posibilidad de expresar su objeción de conciencia", pero lo obliga a hacer explícita la información de manera oportuna cuando una paciente se encuentra afectada de algunas causales del proyecto.
"Como contrapartida, el prestador de salud tiene la obligación de derivar a la mujer a un profesional que no tenga la objeción de conciencia", aseveró.
Al respecto, el rector de la Universidad Católica, Ignacio Sánchez, indicó que "vamos a ejercer nuestra objeción de conciencia personal".
Casos de violación
La Mandataria anunció que el proyecto propone una modificación legal "que privilegia el deber de confidencialidad por sobre el deber de denuncia ante una interrupción del embarazo. Se trata de prevenir que la mujer se inhiba de entregar información fidedigna acerca de su condición de salud al personal médico o solicitar asistencia por temor a una posible sanción penal".
También abordó en detalle la situación del aborto en caso de violación. "No reconocer la posibilidad de que ella decida, en un espacio de discernimiento adecuado y antes de las 12 semanas de gestación, si desea o no continuar con el embarazo, perpetúa la negación de su voluntad y el dolor que se inició con la violación", sostuvo.
El proyecto, de acuerdo a la Jefa de Estado, reconoce "una autonomía limitada para las menores de 18 y mayores de 14 años. Si bien se le da eficacia a su manifestación de voluntad, se cautela el conocimiento de sus padres o representantes legales".
La Mandataria precisó que existe una situación distinta cuando se trata de menores de 14 años, quienes "deben actuar con autorización de su representante legal".
En estos casos, añadió, "el límite general de tiempo para interrumpir el embarazo de 12 semanas se amplía a dieciocho, pues debemos considerar que las niñas y adolescentes muchas veces desconocen su estado".
Bachelet dijo que se debía otorgar un "legítimo espacio de discernimiento y opinión a la menor", por lo que "en caso de diferencias con sus representantes, se establece la posibilidad de la menor de acceder al juez de familia para obtener su pronunciamiento".
Al respecto, sostuvo que la violencia sexual suele ejercerse en los círculos familiares, por lo que "el proyecto de ley autoriza al personal médico a prescindir de la autorización del representante legal de las menores de 14 años si existen antecedentes que, de solicitarla, se expondrá a la menor a riesgos de violencia intrafamiliar o de abandono".
Cualquiera sea la causal, el prestador de salud deberá otorgar consejería y "por escrito información sobre las alternativas a la interrupción del embarazo".
En el acto, además, anunció que el Gobierno apoyará los proyectos de ley de los parlamentarios que buscan dar protección y acompañamiento a las mujeres "con embarazos vulnerables".
Al mediodía de ayer se le entregó a parlamentarios de la Nueva Mayoría una copia del proyecto de ley que consideraba entre las causales de aborto el "estupro", un tipo de violencia sexual realizado a un menor de edad -mayor de 14 años- aprovechándose de su vulnerabilidad por presentar un estado mental perturbado, desamparo, ignorancia o abusando de una relación de dependencia.
Por la tarde, sin embargo, el Gobierno difundió en su página web oficial el proyecto. El estupro no aparece mencionado en la última versión.
Las claves de la iniciativa del Gobierno
Peligro para la vida de la madre
En el proyecto de ley se especifica que un médico cirujano podrá proceder a la interrupción del embarazo cuando "la mujer se encuentre en riesgo vital, presente o futuro, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida".
Para ello -se señala en el articulado- "se deberá contar con el diagnóstico escrito de un médico cirujano y con la rectificación de ese diagnóstico dada por otro médico cirujano, también en forma escrita y previa". Se agrega, sin embargo, que en caso de que se requiera una intervención médica "inmediata e impostergable, podrá prescindirse de la ratificación".
En el mensaje de la Presidenta Michelle Bachelet se define que la finalidad de esta indicación es permitir que la mujer "tenga acceso a los tratamientos médicos necesarios para preservar su vida, aun cuando la realización de los mismos implique la interrupción del embarazo".
En este caso no se especifica un límite de edad gestacional para realizar el aborto, como sí se hace en caso de violación.
Inviabilidad del feto
La segunda causal a la cual se refiere el proyecto de ley es la correspondiente a cuando un embrión o feto padece una alteración estructural congénita o genética, incompatible con la vida extrauterina.
En el mensaje de la Mandataria, se señala que estos casos "deberán ser debidamente diagnosticados por un equipo médico. Forzar a la mujer a llevar a término tal embarazo o bien, obligarla a que espere la muerte del feto, supone mantenerla en un permanente estado de duelo".
Asimismo -y tal como se especifica en la primera causal-, se deberá contar con el diagnóstico escrito de un médico cirujano y con la ratificación dada por otro médico cirujano, también en forma escrita y previa. En caso de que se requiera una intervención médica inmediata e impostergable, podrá prescindirse de la ratificación.
Violación en los casos de menores de edad
El texto ingresado ayer por el Gobierno a la Cámara de Diputados señala que se podrá abortar en caso de violación, "siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación". Sin embargo, se agrega que "tratándose de una menor de 14 años, la interrupción del embarazo podrá realizarse siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho semanas de gestación", elevando la edad gestacional a cuatro meses y medio de embarazo en esta causal.
Asimismo, se indica que en el caso de una mujer de 14 años, además de su voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal.
A falta de autorización, la menor, asistida de un integrante del equipo de salud, podrá solicitar la intervención del Tribunal de Familia competente para que constate la concurrencia de la causal. El Tribunal autorizará la interrupción del embarazo, sin forma de juicio y verbalmente, a más tardar dentro de las 48 horas siguientes a la presentación de la solicitud, con los antecedentes que le proporcione el equipo de salud y "oyendo a la menor, y, si lo estimare, al integrante de este que la asista".
"Cuando a juicio del médico cirujano -continúa- existan antecedentes para afirmar que la solicitud de autorización al representante legal generará para la menor de 14 años un riesgo de violencia intrafamiliar, coacción, amenaza o maltrato, o una posible situación de desarraigo o de abandono, se prescindirá de esta y se solicitará una autorización sustitutiva al Tribunal de Familia competente, el que deberá pronunciarse conforme al procedimiento establecido en el inciso anterior".
Se indica, además, que se deberá entregar "información veraz" sobre las características de la prestación médica. Asimismo, "deberá entregarle a la mujer información por escrito sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo la de programas de apoyo social y económico disponible".
En el mensaje de la Jefa de Estado se sostiene que "un equipo de salud, especialmente conformado para estos efectos, evaluará e informará la concurrencia de los hechos que la constituyen. En el cumplimiento de su cometido, dicho equipo deberá dar y garantizar a la mujer un trato digno y respetuoso". Se dice igualmente que, "en el caso de violación consideramos que no se puede imponer a la mujer someterse a un proceso penal, como condición para interrumpir su embarazo. Cuando una mujer ha sido víctima de violencia sexual, debe primar su protección y bienestar, sin que se pierda de vista que la prestación médica no puede depender de los resultados de un proceso penal".
Objeción de conciencia
Al respecto, el proyecto de ley señala que un médico podrá abstenerse "cuando hubiera manifestado su objeción de conciencia al director del establecimiento de salud, en forma escrita y previa". El establecimiento, entonces, tendrá "la obligación de reasignar otro médico cirujano a la paciente o de derivarla en forma inmediata para que el procedimiento le sea realizado por quien no haya manifestado dicha objeción".
En el mismo articulado, se agrega que será el Ministerio de Salud el que deberá dictar los protocolos necesarios para la ejecución de la objeción de conciencia. Con todo, se indica que en caso de que la mujer requiera atención médica inmediata, el médico "no podrá excusarse". Y se agrega: "Se hace explícito el deber ético del médico afectado por la objeción de conciencia de informar cuando una paciente se encuentra en alguna de las causales".
Confidencialidad
"Se busca privilegiar el deber de confidencialidad por sobre el deber de denuncia ante una interrupción del embarazo realizada por la mujer o por un tercero con su consentimiento", dice el mensaje de la Presidenta Bachelet.
Con ello -explica-se permite que la relación médico-paciente "no esté condicionada por la amenaza penal".
Diagnóstico médico
La regla general es que se requiere el diagnóstico de un médico cirujano, ratificado por el de otro profesional. Esta norma, sin embargo, reconoce excepciones en los casos en que se requiere una intervención médica inmediata e impostergable.
Información por escrito
Se le debe otorgar toda la información posible a quien quiera realizarse un aborto en las tres causales. "El proyecto prevé, cualquiera sea la causal invocada, la obligación del prestador de salud de otorgar información veraz", dice.
La iniciativa, asimismo, considera que se le deberá entregar información por escrito sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo la de programas de apoyo social y económico disponible.