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Cartas
Miércoles 28 de enero de 2015
Avances de género en la reforma laboral
Recientemente, el Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de reforma laboral con un fuerte acento en el fortalecimiento de la actividad sindical y la negociación colectiva. La nueva ley no soluciona una de las grandes asimetrías presentes en el mercado laboral chileno: la dramática subrepresentación de las mujeres en empresas, gremios y sindicatos, pero sí introduce algunos elementos de género interesantes de analizar.
Por ejemplo, la normativa establece un procedimiento obligatorio para garantizar la inclusión de una mujer en las respectivas comisiones negociadoras, que son representantes del sindicato en la negociación colectiva. Ello, de no existir ninguna entre sus integrantes. Esta medida buscaría subsanar, en parte, la recurrente ausencia de las mujeres en estas instancias de alto nivel, en las que se abordan materias de relevancia relativas a condiciones comunes de trabajo, pactos de adaptabilidad -que son particularmente sensibles en el caso de las trabajadoras, por su rol asociado al cuidado del hogar, hijos y adultos dependientes-, estructuras de remuneraciones, entre otras.
En nuestro país solo hay un 24% de dirigentas sindicales (Dirección del Trabajo, 2013) y un 20% de sindicatos encabezados por una mujer, siendo la CUT, al mando de Bárbara Figueroa, el caso más emblemático. Por esta razón, la medida propuesta, que es positiva y pertinente, no parece suficiente para avanzar en el cambio que los sindicatos necesitan para alcanzar la equidad de género y convertirse en instituciones modernas, dejando atrás viejas prácticas que impiden, a través de diversas barreras, el paso de las mujeres hacia las máximas posiciones de liderazgo.
La evidencia internacional demuestra que lograr una representación sustantiva de mujeres en los máximos niveles de toma de decisión pasa necesariamente por instaurar medidas especiales de carácter temporal, como las cuotas de género. Ellas están destinadas a acelerar un proceso que de otro modo tardaría décadas en llegar y que, en general, no ocurre si se deja a la voluntad y al mérito. Así ha ocurrido en la mayoría de los países de la OCDE, donde se han incorporado cuotas tanto en los sindicatos como en las empresas públicas y privadas.
En el marco de esta reforma laboral, y dada la proporción de la fuerza laboral femenina susceptible de sindicalizarse, parecería adecuado proponer una cuota 40/60, es decir, que ni mujeres ni hombres tengan una representación menor al 40% o mayor al 60% en cada órgano directivo sindical.
La presencia de mujeres en las negociaciones colectivas es mayor garantía de avance en otras materias que, a partir de esta ley, también podrían abordarse, como acuerdos relativos a Planes de Igualdad de Oportunidades en la empresa y medidas para conciliar la vida laboral con responsabilidades familiares de las y los trabajadores.
Por último, otro cambio a destacar es que en el marco de la titularidad sindical se pueda solicitar información sobre remuneraciones desagregadas por sexo, lo que permitiría destinar parte de la negociación a resolver la problemática de las brechas salariales a funciones de igual valor. Este es un tema clave para remontar las discriminaciones que hoy afectan a las mujeres en el mercado laboral y que son un obstáculo para avanzar en productividad y crecimiento.
Esperanza Cueto
Anita Holuigue
Andrea Repetto
Alejandra Sepúlveda
ComunidadMujer