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Editorial
Miércoles 17 de septiembre de 2014
Examen Nacional en Derecho
Un buen sistema de acreditación de las carreras de Derecho que imparten las universidades debiera reducir las aprensiones respecto de la calidad de sus egresados...
Diversos actores de la comunidad jurídica han hecho sentir la preocupación que despierta la actual formación de los abogados y la existencia masiva de egresados de facultades de Derecho, provenientes de universidades con escasa dotación básica, tales como profesores cualificados, bibliotecas, clínicas jurídicas, prácticas externas y métodos de enseñanza homogéneos. Un escenario como este no se condice con la tarea del abogado, quien es un colaborador relevante de la administración de justicia, y por mandato constitucional se encarga de asesorar y prestar una esmerada defensa que permita garantizar una tutela judicial efectiva y el ejercicio adecuado y oportuno de los derechos de los ciudadanos.
Conforme con cifras publicadas por el Ministerio de Educación, el año 2013 existían 41.375 estudiantes matriculados en la carrera de Derecho, algunos de los cuales convalidan sus estudios en facultades con planes más benevolentes que aquellas donde cursaron sus estudios de origen, evitando con este procedimiento reconocer un posible fracaso académico, lo que impide identificar a tiempo a quienes no poseen la idoneidad necesaria ni la formación básica indispensable.
Semanalmente cerca de noventa graduados prestan juramento ante la Corte Suprema y solo el año pasado obtuvieron su título 2.893 nuevos abogados procedentes de las 45 universidades que imparten la carrera a lo largo del país. Ello ha puesto nuevamente en discusión la conveniencia de establecer un examen único nacional que compruebe efectivamente el estándar de calidad y destrezas de estos licenciados en el ejercicio de la profesión.
Con todo, un buen sistema de acreditación de las carreras de Derecho que imparten las universidades debiera reducir las aprensiones respecto a la calidad de sus egresados. Uno de los riesgos del examen nacional es que afecte la diversidad de proyectos educativos que se pueden desarrollar en el ámbito de las ciencias jurídicas, sin perjuicio de que existan ciertos contenidos mínimos que deban impartirse cualquiera sea el enfoque académico de una universidad. Y el dominio de esos contenidos mínimos puede someterse a un sistema de control voluntario entre las instituciones educacionales, como han surgido experiencias en otras áreas en Chile. El campo profesional de los abogados es tan amplio que es difícil constreñirlo a la fórmula de una prueba estandarizada.
Para resolver las dudas sobre la preparación de algunos egresados y la necesidad de asegurar la fe pública, también podrían fortalecerse las prácticas profesionales que deben realizar obligatoriamente todos los licenciados en ciencias jurídicas ante la Corporación de Asistencia Judicial y favorecer el proceso de asociaciones profesionales bajo áreas de especialización, como existen en el ámbito de la medicina.
Una fórmula examinadora concordada entre las instituciones educacionales no recargaría al Poder Judicial con tareas administrativas y evitaría el peligro de vincular este instrumento con el Ministerio de Justicia, con la posibilidad de dejarlo expuesto a los vaivenes políticos de la administración de turno. Si esa evaluación voluntaria se prestigia y establece un estándar de seriedad surgirán distintos incentivos para que los egresados de derecho quieran someterse a ella.
Algo semejante existe en materia de examen único nacional de conocimientos de medicina, el que debe rendirse como requisito para el ingreso a los cargos de médico cirujano en los Servicios de Salud, entre otros.