Todo este mes los jueces civiles cierran sus puertas y suspenden las causas que se tramitan en sus despachos, por el llamado feriado judicial. Si un ciudadano necesita recurrir en estos días a la justicia, ya sea por el cobro de una deuda, el incumplimiento de un arriendo o una indemnización de perjuicios, deberá esperar y soportar los daños que se deriven de esta denegación -aunque temporal- de justicia. El feriado redunda, además, en una ralentización de otros asuntos, ya que las Cortes de Apelaciones disminuyen drásticamente las salas que permanecen en actividad, e incluso la Corte Suprema, sin respaldo legal, reduce sus cuatro salas a una, que denomina "de verano". Esta restricción no afecta solo a las causas civiles, sino que inevitablemente repercute en todas las demás.
Hay que hacer notar que solo hay 85 tribunales con jurisdicción exclusivamente civil, mientras que 133 tienen jurisdicción común; en estos últimos se produce el absurdo de que el mismo juez sigue en funciones, pero solo para aquellas causas que no sean civiles.
Con razón el feriado judicial viene siendo cuestionado desde hace tiempo. Todos los nuevos procedimientos: penal, laboral, de familia, tributario, aduanero, ambiental, prescinden de esta anacrónica institución y sus jueces se someten al sistema de vacaciones de los funcionarios públicos, por medio de turnos y ocupando las reglas de subrogación, sin paralizar el servicio.
A fines del año pasado, el gobierno de Sebastián Piñera presentó un proyecto de ley que elimina el feriado judicial. Consultada por la Cámara de Diputados, la Corte Suprema informó favorablemente la iniciativa y dejó constancia de que ella misma en varias oportunidades ha recomendado su derogación.
Otras voces, entre las cuales se encuentra la del Colegio de Abogados de Santiago, han criticado la idea. Se arguye que la eliminación del feriado sería perjudicial para aquellos abogados que ejercen de manera independiente, los que, sin la suspensión de los procesos, se verían obligados o a no poder tomar vacaciones o a encargar sus causas a otros colegas, vulnerando la relación personal que tienen con sus clientes. Se agrega que el reemplazo de los jueces por suplentes conspiraría contra una buena calidad del servicio.
Estas razones no tienen peso suficiente para justificar la distorsión que el feriado judicial implica como negación o dilación de la justicia civil. Si hay causas donde la relación entre abogado y cliente es personalísima, son las penales, familiares y del trabajo, y no hay pruebas de que el desarrollo de la abogacía se haya resentido por la no aplicación en estos procesos del feriado de febrero. Tampoco hay evidencia alguna de que el sistema de suplencias que existe en todos los servicios públicos, incluidos los tribunales no civiles, haya entrañado disminución de la calidad de sus funciones.
El ejercicio independiente de la profesión legal es una opción legítima, pero debiera adecuarse al contexto de una justicia de servicio permanente. Los abogados que la adoptan, al igual que otros profesionales liberales (médicos, arquitectos, auditores, corredores), deberán organizar sus vacaciones tomando las providencias necesarias para compatibilizar el descanso con el cuidado de los asuntos que les han sido encargados. Por ejemplo, por acuerdo entre los abogados de un litigio podrá suspenderse su tramitación en febrero con ese objeto, tal como sucede en los arbitrajes. Concedo que tomar este tipo de medidas puede ser más incómodo, pero la modernización del sistema judicial justifica ese sacrificio profesional.
Sería deseable que el nuevo ministro de Justicia mantenga el apoyo de su cartera a este proyecto de ley y le ponga las urgencias que permitan que, con los debidos perfeccionamientos, se convierta pronto en ley. Con un poco de suerte, febrero del 2014 podrá ser recordado como el último feriado judicial.