Señor Director:
Un columnista en Economía y Negocios de su diario ha sostenido que la educación no es un derecho, pero sí un bien económico, pues ella es escasa y satisface una necesidad, entre las que tiene el ser humano en forma ilimitada. Para el columnista, reclamar que es un derecho no es más que cubrir con un manto de moralidad la exigencia de beneficios materiales por parte de algunos, del que se hacen portavoces los políticos que controlan el poder coactivo del Estado.
Partamos diciendo que las necesidades no son ilimitadas, pero sí los deseos. Que esta sociedad sea una máquina de producción de deseos, no significa que la satisfacción de todos ellos sea necesaria para tener una vida digna. Una cosa es tener la necesidad de transportarse de la casa al trabajo y otra muy distinta es experimentar el deseo de poseer un Audi. Por otro lado, los derechos son una facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida, facultad que es reconocida como legítima por la sociedad. Obviamente, la educación es una capacidad que tiene todo ser humano de cultivarse física, intelectual y espiritualmente para así alcanzar su más alta excelencia. Si no creyésemos en ello, no habríamos salido de las cavernas. Y como es lo mismo no tener un derecho, que tenerlo pero no poder ejercerlo, las sociedades civilizadas han establecido que es de cargo de ellas asegurar, en la medida de sus posibilidades materiales, el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas. Así, los derechos sociales son garantía de una igual libertad real y para todos. La libertad a la educación de calidad no puede ejercerse por quienes padecen hambre, sufren frío o, en general, no poseen las condiciones materiales para poder experimentarla.
Por otro lado, es doctrina vieja y en creciente desuso el sostener que los derechos negativos no irrogan gastos al Estado. Si alguien tiene una duda, que analice el costo que significa al Estado garantizar el derecho a la propiedad privada. Un ejército de gendarmes, cárceles, carabineros, comisarías, notarios, jueces, actuarios, etc. hacen posible su ejercicio. No es cierto que baste con que el Estado no expropie para que el derecho de propiedad esté garantizado.
Que todo lo anterior es así, ha sido reconocido por el Estado de Chile. En efecto, este ha ratificado el derecho a la educación como un derecho humano en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobado en 1966 y que entró en vigor en 1976. En su artículo 13 se reconoce el derecho de todos a la educación. Así se apunta a lograr "el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad"; se promueve que las personas puedan participar activamente en la sociedad y es como "un medio indispensable de realizar otros derechos humanos".
Padre Tomás Scherz
Vicario para la Educación Arzobispado de Santiago