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Sábado 25 de mayo de 2013

Constitución de 1833

Durante 92 años rigió en Chile y le dio una amplia gama de poderes a la figura del Presidente de la República. La Constitución de 1833 fue promulgada el 25 de mayo de ese año por el entonces Primer Mandatario, José Joaquín Prieto Vial, cuyas primeras palabras fueron reproducidas en "El Mercurio": "Conciudadanos, acaba de ser jurada la nueva Constitución y debo preveniros que seré el más severo observador de sus disposiciones y el más cuidadoso centinela de su cumplimiento".

Dado el interés previo demostrado por los lectores, el 29 de mayo de 1833 se informaba que ya había llegado a este diario un ejemplar: "Ciertamente, contiene las disposiciones más adecuadas al genio de los habitantes que deben observarla, al grado de civilización que poseen y a los intereses locales que los afectan (...)".

El contexto nacional en que se proclamó esta Carta Fundamental era particular. La convulsión interna de facciones encontradas que había vivido el país, con acontecimientos que desembocaron en la revolución de 1829 y, posteriormente, en la batalla de Lircay de 1830, hizo necesario restablecer un gobierno que "asegurara la paz interior y se identificara con los intereses supremos de la patria, para evitar la descomposición institucional". De aquí la figura protagónica que tuvo su principal ideólogo: el ministro Diego Portales.

Dada la situación anterior, se leía que en 1831 fue convocada una Gran Convención, compuesta por 36 miembros, en su mayoría pertenecientes al Congreso, con el objeto de reformar la anterior Constitución de 1828. Entre los redactores del nuevo proyecto destacaban el fiscal de la Corte Suprema, Mariano Egaña, y el ex ministro de Hacienda, Manuel José Gandarillas. En su discurso solemne, el Presidente Prieto exponía: "Vaya nuestra gratitud a la constancia y empeño con que los ciudadanos elegidos para corregir nuestro código político han procurado desempeñar esta empresa".

Para que no quedaran dudas, el Jefe de Estado insistía: "Esta reforma no es más que el modo de poner fin a las revoluciones y disturbios a que daba origen el desarreglo del sistema político en que nos colocó el triunfo de la independencia (...). Es el medio de hacer efectiva la libertad nacional que jamás podríamos obtener en su estado verdadero, mientras no estuviesen deslindadas con exactitud las facultades del gobierno, y se hubiesen opuesto diques a la licencia".

El texto final de la Constitución de 1833 constó de 168 artículos, agrupados en 12 capítulos.

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