Señor Director:
El artículo del profesor
José Joaquín Ugarte (16 de mayo), en el que respondió a mi última columna, merece algunas observaciones.
La cuestión de la ley natural no se reduce -como él dice- a que la sociedad pueda o no hacerla valer contra quienes no creen en ella. Por supuesto que no puede. La cuestión es si existe algo que podamos llamar "ley natural" en lo que concierne a las cosas humanas. Sí, leyes naturales de la física hay, pero lo que he sostenido es que no existe nada semejante tratándose no ya de la naturaleza, sino de la cultura, es decir, de las cosas que no son por necesidad sino por convención.
El profesor Ugarte hace un recorrido por pensadores iusnaturalistas clásicos. Está bien. Ellos creyeron en el derecho natural, aunque eso no prueba que éste exista. Antes de Platón y Aristóteles, otros filósofos griegos muy estimables, aunque denostados por esos dos grandes pensadores, distinguieron con toda precisión entre naturaleza y sociedad, aquella regida por leyes que los hombres descubren y explican, y ésta por normas que hombres y mujeres producen convencionalmente. Por tanto, nadie confundiría la ley que rige la sucesión de las estaciones del año con la norma que obliga al vendedor a pagar el precio de la cosa que compró.
Si el iusnaturalismo estuviera avalado por el sentido común -como afirma Ugarte- querría decir que centenares de filósofos del derecho, miles y miles de juristas, y millones y millones de personas que no creen en el derecho natural carecerían de dicho sentido. ¿No constituirá un abuso atribuirle a las ideas propias -en este caso las de Ugarte- que ellas son las únicas racionales porque provienen del sentido común de las personas?
Con extrema benevolencia para con sus propias ideas, Ugarte reconoce que "ha habido vacilaciones a lo largo de la historia sobre aspectos secundarios de la ley natural". ¿Le parecen a él "vacilaciones" o "aspectos secundarios" que, tal como señalé en mi columna, se hayan tratado de justificar en el derecho natural desde la esclavitud a la libertad, desde la monarquía absoluta a la democracia, y desde la propiedad privada a la colectiva?
En Chile se postergó por más de un siglo la aprobación de una ley de divorcio en nombre de que el matrimonio era, por naturaleza, indisoluble. ¿Quién se acuerda hoy de ese argumento? El matrimonio civil será disoluble o indisoluble según la sociedad lo acuerde y no porque la naturaleza mande una u otra cosa. Del mismo modo, que ese contrato sea entre un hombre y una mujer, o que pueda serlo también entre personas de un mismo sexo, dependerá de una decisión normativa de la sociedad y no de algo que la naturaleza haya preestablecido de una vez y para siempre.
Y un último punto: no es por "amable condescendencia liberal" que algunos instamos al diálogo entre concepciones y creencias morales diferentes, propias de una sociedad abierta y plural. Es porque no nos sentimos poseedores de la verdad. Es porque tenemos conciencia de nuestra falibilidad. Por cierto que los que se sienten infalibles y poseedores de la verdad pueden seguir abogando para que la autoridad pública imponga a todos una ley natural que algunos elegidos tienen absolutamente clara en cada uno de sus preceptos, ocultando, u ocultándose, que lo que llaman "ley natural" no es, sino, su particular concepción de lo justo y bueno.
Agustín Squella