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Cartas
Miércoles 15 de mayo de 2013
Caso Tsunami
Señor Director:
Respecto de la segunda jornada de la audiencia de sobreseimiento del llamado Caso Tsunami, donde se trató mi caso, debo aclarar algunas situaciones que de alguna forma han sido interpretadas de manera errónea o simplemente tergiversadas por algunos medios de prensa.
Mi representante, abogada Paula Vial, nunca dijo que yo no tenía los conocimientos técnicos para asesorar correctamente. Lo que expresó fue que esa noche había una persona más experta y cuyo trabajo era exclusivamente el de asesorar directamente al director del SHOA.
He dicho y reitero que efectivamente yo era el oficial con más conocimientos en temas de tsunamis, pero esos conocimientos no fueron adquiridos con capacitaciones ni cursos en el extranjero, sino al interior de la institución a través de los especialistas en el tema que trabajan en el SHOA.
Respecto de los cargos que me imputa la Fiscalía, debo mencionar que primero me acusó por infracción de reglamentos, negligencia y falta de deberes militares. Al quedar comprobado que aquellos cargos no existían, me inventó el puesto de asesor técnico principal, para posteriormente acusarme de imprudencia temeraria.
Me pregunto: ¿Podrá alguien que acude voluntariamente a ayudar en una emergencia, cualquiera que esta sea, actuar de manera imprudente o temeraria? ¿Tiene sentido acusar penalmente en estas circunstancias? Imprudencia temeraria implica actuar con una desidia de tal grado, que no le importa los resultados o consecuencias de su acción u omisión.
¿Tiene cabida en alguna mente racional el pensar siquiera actuar de esa manera cuando se enfrenta una emergencia?
La Fiscalía está empecinada en acusar penalmente, utilizando argumentos no siempre reales, descontextualizados y que en ocasiones simplemente rayan en hechos falsos.
Andrés Enríquez Olavarría