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Cartas
Lunes 08 de abril de 2013
Nuevo reglamento sobre la píldora
Señor Director:
El reciente decreto ministerial acerca del derecho a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, tiene el mérito de garantizar esa consejería sin ninguna discriminación. Sin embargo, trae consigo aristas complejas, como es la obligación de entregar un anticonceptivo de emergencia a menores de edad sin informar con anterioridad a los padres. Se quiere garantizar la confidencialidad de esta acción, pero igualmente obliga a informar a estos con posterioridad. Junto con esto, reafirma la obligación de denunciar la existencia de un delito sexual, que por definición aparece en toda actividad sexual en que participa un menor de edad. Es muy difícil, si no imposible, para un profesional de la salud cumplir obligaciones tan confusas.
Aparece otro problema también que tiene que ver con la acción médica: el facultativo está obligado a entregar la receta del medicamento. Se entiende que un médico pueda indicar un medicamento después de una evaluación de los riesgos y beneficios de este para cada caso en particular, y el preparado utilizado para la anticoncepción de emergencia no es una excepción a ello. Existirán casos en que esa ponderación se incline a recetarlo y otros en que no, y obligarlo a indicar ese medicamento atenta gravemente contra la adecuada relación médico-paciente, en la cual se debe respetar siempre la libertad, tanto del profesional de la salud como del que lo consulta.
Dr. Mauricio Besio Rollero