Próximo a su aprobación final por el Congreso se halla el proyecto de ley que establece un sistema de
elecciones primarias voluntarias y vinculantes para la nominación de candidatos a Presidente de la República, parlamentarios y alcaldes. Con la votación favorable del Senado, ahora sólo falta la ratificación por la Cámara en tercer trámite constitucional para que esta iniciativa, que desde 1998 ha sido objeto de cinco proyectos similares, finalmente sea ley y se aplique en las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2013.
En un marco de decreciente participación en los procesos electorales -88 por ciento de los ciudadanos con derecho a voto sufragó en 1988, contra sólo 60 por ciento en 2009-, de envejecimiento del padrón electoral -un tercio de los inscritos en 1988 era menor de 30 años, contra menos de un décimo en 2009-, y de baja confianza de los ciudadanos en los partidos -cercana al 10 por ciento según las últimas encuestas-, una iniciativa como esta es un interesante avance en el camino de ampliar los grados de transparencia, participación y competencia de la democracia chilena.
El paso que nuestro país está dando con esto no es único. En naciones como EE.UU., Italia, Francia, España, México, Brasil, Venezuela, Costa Rica, Paraguay y Uruguay existe ya amplia experiencia al respecto, aunque en casi todas ellas mediante mecanismos ideados y manejados por las propias colectividades. Chile está yendo un paso más allá, al crear un sistema de primarias legales, simultáneas y organizadas por el Servicio Electoral. Será resorte de los partidos y coaliciones someterse a él, sea para nominar a todos sus candidatos o sólo a algunos, pero una vez que alguno tome la decisión de hacerlo, el proceso que se seguirá es básicamente el mismo que el de una elección formal, con un pronunciamiento final del Tribunal Calificador de Elecciones o del Tribunal Electoral Regional respectivo, que sancionará a los candidatos a Presidente de la República, senador, diputado y alcalde que puedan presentarse a la elección definitiva, a realizarse 20 semanas después de la primaria (30 de junio, en el caso del próximo año). Quienes participen en la primaria y pierdan la nominación no podrán presentarse en la elección definitiva por el mismo cargo y territorio electoral.
Este sistema de primarias podrá utilizarse tanto para elegir a los candidatos de los partidos como a los de los pactos electorales, y permitirá, asimismo, la inclusión de independientes, siempre que sean nominados por un partido o pacto. Será el propio partido o pacto el que decida quiénes tendrán derecho a votar en la primaria en cada territorio electoral, pudiendo determinar que el padrón electoral esté compuesto sólo por sus afiliados, o por éstos más los votantes independientes, o por todas las personas con derecho a sufragio.
La ley también regulará la campaña, tanto en cuanto a su duración -que correrá desde la inscripción de las candidaturas, 60 días antes de la elección primaria- como en cuanto al gasto -que no podrá exceder el 10 por ciento fijado para la elección definitiva, debiendo luego rebajarse del gasto máximo autorizado para ésta.
Se espera que la aprobación final de esta iniciativa sea un paso importante en la profundización de la democracia chilena, que se suma a la ya sancionada ley de inscripción automática y voto voluntario, y que debiera ser seguida por otros proyectos de reforma política que se discuten en el Congreso. Aunque por el momento aislados, éstos podrían llegar a ser síntomas de un necesario clima de acuerdos en la clase política, que permita enfrentar algunos de los temas fundamentales que el país requiere para no estancarse en su camino al desarrollo.